Quantcast
Martes, 02 de Julio de 2013

IU propone una moción que amplia la autorización de los vendedores ambulantes a 15 años prorrogables

[Img #24696]El grupo municipal de Izquierda Unida ha presentado para su futuro debate en el pleno municipal, una moción con la que se pretende mejorar la situación de los vendedores ambulantes permiténdoles que las correspondientes autorizaciones que precisan para el desarrollo de su ejercicio comercial, pueda tener una mayor duración en el tiempo y así amortizar las inversiones que se hagan.

Esta moción de IU, que se presentará en todos los ayuntamientos en los que este partido tiene representación, tiene que ver con  la aprobación del Decreto-Ley 1/2013, de 29 de enero, por el que se modifica el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundido de la ley de Comercio Interior y se establecen otras medidas urgentes en el ámbito comercial, turístico y urbanístico.

Esta norma, que ha supuesto a su vez la modificación de la Ley de Comercio Ambulante, se realizó por la vía de urgencia debido a la ambigüedad o falta de concreción que existía en el período de vigencia de las autorizaciones para el ejercicio de la actividad de comercio ambulante (de uno a cuatro años), lo que suponía que los ayuntamientos de la comunidad autónoma de Andalucía podían iniciar en el año 2013 nuevos procesos de adjudicación de autorizaciones, sin que en la mayoría de los casos las personas titulares de esas autorizaciones hayan podido amortizar las inversiones realizadas para el adecuado ejercicio de la actividad o hayan podido obtener una remuneración equitativa de los capitales invertidos.

Tal y como explica IU en su propuesta, esta apertura de procesos de adjudicación de autorizaciones para el ejercicio del comercio ambulante podría ser causa de perjuicios e inseguridad para el colectivo de vendedores ambulantes, que impediría, en su caso, el desarrollo de su profesión y el sostenimiento de sus cargas familiares. Para evitar dicha situación, este Decreto-Ley aborda una ampliación del plazo de duración de las autorizaciones para el ejercicio del comercio ambulante estableciendo un plazo de 15 años, prorrogables por otros 15, plazo que se considera el adecuado para garantizar la amortización de las inversiones y una remuneración equitativa de los capitales invertidos. De esta forma, asegura IU, se contribuiría a la mejora de la profesionalidad en el ejercicio de la actividad, a la estabilidad en el empleo que se genera y a garantizar la protección de las personas consumidoras y usuarias.

Para garantizar la finalidad de la modificación introducida, se prevé una disposición transitoria que habilita a los ayuntamientos de los municipios que hayan otorgado autorizaciones municipales para el ejercicio del comercio ambulante, conforme al plazo previsto de uno a cuatro años para que puedan revisar el período de duración de las mismas conforme al nuevo período de quince años que se recoge en el presente Decreto-Ley.

Para que esto tenga efecto en el Ayuntamiento de Rota y los vendedores ambulantes que tengan actualmente licencia por un periodo de entre 1 y 4 años puedan beneficiarse de esa ampliación hasta 15 años prorrogables, se pide a la Corporación municipal que se apruebe esta propuesta en la que se solicita por un lado que se acuerde declarar el mercadillo municipal que se instala los miércoles en la localidad como "espacio comercial de carácter público y de interés general”. Que el pleno acuerde modificar  la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante ampliando la duración de la autorización a 15 años ampliable a otros 15 años a petición del titular, según determina el artículo 3.1, párrafo tercero, del Texto Refundido de la Ley del Comercio Ambulante. Y que el plenario acuerde, una vez modificada la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante en los términos anteriores, revisar el período de duración de las autorizaciones de comercio ambulante vigentes, conforme al período de quince años regulado en el artículo 3.1 del Texto refundido de la ley del Comercio Ambulante, según lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto -Ley 1/2013.



Comentarios Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.27

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.