El horario de cierre para la mayoría de bares este verano vuelve a ser las 3.00 horas los fines de semana
En los días de Fiesta de la Urta se amplía a las 5.00 horas y a las 6.00 para los que tienen licencia especial con música
De cara al verano y la llegada de visitantes a la localidad, Rota se enfrenta como cada año al difícil equilibrio entre el derecho al descanso y el ocio que tantas quejas suscita por una y otra parte. De un lado, aquellos que disfrutan de sus vacaciones y con el calor quieren prolongar su estancia en los bares y terrazas, y del otro, los vecinos que tienen derecho a poder descansar en sus casas. La norma es clara en este sentido, y el alcalde de Rota, Javier Ruiz, lo ha dejado claro en un bando municipal que se ha editado para aclarar los horarios a los que debe ceñirse un establecimiento hostelero.
En dicho bando, se recuerdan las exigencias de la legislación vigente en este ámbito y que competen a la Junta de Andalucía, al mismo tiempo que se adoptan aquellas pequeñas decisiones que el Ayuntamiento pueda llevar a cabo en base al ámbito de actuación que la normativa permite, ya que tal y como explica el bando "aunque la mayor parte de la regulación que la normativa autonómica contempla para los establecimientos de hostería es de carácter imperativo, y por tanto no admite regulación ni disposición contraria por parte del Ayuntamiento, este tiene un pequeño margen de actuación, siendo este bando el mecanismo a través del cual se realizarán dichas determinaciones". Básicamente, el bando indica la hora de apertura y cierre de bares y la posible ampliación de cierre durante los días de la Fiesta de la Urta.
La mayoría de bares tienen que cerrar a las 3.00 horas los fines de semana
La normativa la establece la Junta de Andalucía para toda la comunidad autónoma según el Decreto 155/2018, y dice lo siguiente: los establecimientos de hostelería, sin música o con música, tendrán un horario máximo de cierre hasta las 2.00 horas, siéndole aplicable una hora más los viernes, sábado y vísperas de festivos, en cuyo caso el horario de cierre será a las 3.00 horas. Durante este verano, los días 1, 2 y 3 de agosto, el horario máximo de cierre se ampliará hasta las 5.00 horas con motivo de la celebración de la Fiesta de la Urta.
Llegada la hora de cierre, el personal responsable del establecimiento no podrá servir más consumiciones, no se permitirá la entrada de más personas, y deberá quedar desalojado definitivamente el local de clientes como máximo a la media hora después de dicha hora.
Para los establecimientos de hostelería especial con música, el horario máximo de cierre será las 3.00 horas, siéndole aplicable una hora más los viernes, sábado y vísperas de festivos, en cuyo caso el horario de cierre será a las 4.00 horas. En el caso de este tipo de bares, durante los días 1, 2 y 3 de agosto, con motivo de la Fiesta de la Urta, el horario máximo de cierre será hasta las 6.00 horas. De igual forma, llegada la hora de cierre, el personal responsable del establecimiento no podrá servir más consumiciones, no se permitirá la entrada de más personas, y deberá quedar desalojado definitivamente el local de clientes como máximo a la media hora después de dicha hora.
Horario de terrazas y veladores
Las terrazas y veladores que estén debidamente autorizados, podrán montarse desde las 7.30 horas. Con respecto al horario de cierre, para todos los establecimientos de hostelería será las 2.00 horas, no pudiéndose servir más consumiciones a partir de dicha hora, debiendo quedar totalmente desalojados y recogidos, como máximo en el plazo de media hora a partir de ese horario límite. No obstante, los viernes, sábados y vísperas de festivo, dicho límite horario será a las 2.30 horas, no pudiéndose servir más consumiciones a partir de dicha hora, debiendo quedar totalmente desalojados y recogidos, como máximo en el plazo de media hora a partir de ese horario límite. Lo dispuesto para las terrazas y veladores, se aplicará de igual forma a las superficies privadas abiertas o al aire libre, cubiertas o descubiertas que formen parte de los establecimientos de hostelería.
Por otro lado, se establece el horario de apertura, que apenas genera quejas, y que es a las 6.00 horas para los establecimientos de hostelería con música y sin música; y a las 12.00 horas para los establecimientos especiales de hostelería con música.
Actividades que se pueden desarrollar en las terrazas y veladores
Según este mismo bando municipal, en las terrazas y veladores que estén debidamente autorizados, se podrán desarrollar, dentro del ámbito temporal de este bando, las siguientes actividades:
a) La instalación y utilización de equipos de reproducción o audiovisuales, sin amplificación sonora, durante los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos. El horario de funcionamiento de los equipos será, como límites máximos, el comprendido entre las 18.00 y 00.00 horas.
b) Otras actuaciones de pequeño formato, entendiéndose por tales las que se correspondan con la definición dada en el punto anterior, siempre y cuando no se utilicen ningún equipo de reproducción o amplificación sonora. El horario de las actuaciones será, como límites máximos, el comprendido entre las 18.00 y las 00.00 horas. Se entenderá incluida en esta categoría las actividades de animación de los hoteles, aunque se utilice una simple megafonía para amplificar la voz, salvo que se refiera a las actuaciones previstas en el punto siguiente.
c) Otras actuaciones de pequeño formato, entendiéndose por tales las que se correspondan con la definición dada en el punto anterior, utilizando equipos de reproducción o amplificación sonora; así como instalación y utilización de equipos de reproducción o audiovisuales con amplificación sonora. Se permitirá un máximo de 2 horas de las actividades anteriores al día, que deberá desarrollarse dentro del horario comprendido entre las 18.00 y las 22.00 horas.
Este bando está vigente desde el miércoles 25 de junio hasta el 28 de septiembre de 2025.
Como cada año, los hosteleros reclaman un horario de cierre más amplio teniendo en cuenta las características costeras de Rota, que implica que los ciudadanos alargan las jornadas de playa por el calor, y eso influye en las horas claves de mayor afluencia de público, una demanda complicada si se atiende por otro lado, a los vecinos que tienen derecho a horas de descanso. Compatibilizar esta situación es un caballo de batalla complicado y cada verano se ve en Rota la imagen de terrazas llenas de público a las tres de la madrugada que tienen que ser desalojadas y muchos ciudadanos, especialmente jóvenes, que no tienen dónde ir ya que la oferta de ocio nocturno en Rota sigue siendo escasa.
Para Jantonio | Lunes, 30 de Junio de 2025 a las 14:49:48 horas
Exacto no se puede comparar estar en una barriada en un banco molestando que en medio del campo
Accede para votar (0) (0) Accede para responder