El Ayuntamiento de Rota establece medidas para conseguir ahorrar un 20% en el consumo de agua ante la sequía
Se ha editado un bando municipal con algunas de las restricciones en el uso de agua potable
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha declarado mediante la Orden de 24 de octubre de 2023 la situación de excepcional sequía en zonas de la demarcación hidrográfica del Guadalete-Barbate, en la que está incluida Rota, y ha aprobado una serie de medidas para garantizar el abastecimiento de conformidad con el Plan de Emergencia por Sequía vigente. Una de ellas es la implantación de una reducción del 20% del uso urbano e industrial del agua y para dar cumplimiento a este objetivo, los ayuntamientos tienen que tomar medidas.
En el caso de Rota, el alcalde Javier Ruiz, ha firmado un bando municipal en el que se establecen una serie de acciones encaminadas a un uso más responsable de un bien escaso como el agua que se ha hecho público para conocimiento de la población.
El objetivo es maximizar los esfuerzos y priorizar la utilización del agua para asegurar tanto el abastecimiento de uso doméstico, como el necesario para mantener los procesos productivos de las empresas y por ello, se establece una restricción del consumo de agua potable en usos ornamentales, recreativos, de limpieza y cualquier otro que no sea esencial.
Desde la alcaldía se insta a la ciudadanía, empresas y colectivos sociales a llevar a cabo un uso racional, eficiente, responsable y solidario del agua y a que se sumen a este esfuerzo colectivo para poder alcanzar el objetivo de ahorro del 20% en el consumo que permita preservar las reservas actuales, que están en los peores registros históricos acumulando más de cinco años con déficit de precipitaciones.
Por tanto, el bando municipal con efecto desde el día de su publicación (fue firmado el 11 de enero de 2024) dispone establecer como objetivo de ahorro la reducción del 20% en el consumo de cada usuario respecto a los consumos del promedio de los últimos cinco años. Para aquellos suministros domésticos sin antecedentes de consumo, se establece como referencia el consumo estándar de 100 litros por habitante y día. Para ello, se solicita encarecidamente a la población su colaboración, no solo para el cumplimiento de las medidas recogidas en este bando, sino para todas aquellas actuaciones que conlleven un uso más racional, solidario y eficiente del agua potable, revisando posibles fugas y aplicando otras medidas que eviten un consumo de agua innecesario, como cerrar la llave principal de suministro en horarios o períodos en que no estén ocupadas.
En segundo lugar, se prohíbe el uso de agua potable para el baldeo de calles, el llenado de piscinas privadas, el riego de jardines, parques públicos y privados y campos de golf; para el lavado de coches fuera de los establecimientos autorizados; para fuentes ornamentales que no dispongan de circuito cerrado de agua, duchas y surtidores públicos.
El agua no apta para el consumo humano podrá utilizarse para el riego de supervivencia de jardines, parques públicos y campos de golf, quedando restringido a una dotación máxima de 200 metros cúbicos por hectárea y
mes.
En los casos en los que se utilice agua no potable para alguno de los usos prohibidos o restringidos en este bando, el titular de la instalación o responsable de la actividad deberá señalar claramente y de forma visible que el agua utilizada es no potable o que se cuenta con un sistema de recuperación o circuito cerrado.
En tercer lugar, se reducirá la presión para minimizar pérdidas de agua en los períodos nocturnos y de bajo consumo en horario diurno. En cuanto a la periodicidad de la lectura y facturación de los consumos de agua, esta podrá realizarse con carácter mensual, mediando previo aviso, de conformidad con la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua.
Por otro lado, queda prohibición disponer de bocas de riego y manipular en la red de distribución general sin autorización, salvo en los casos de incendio; y se suspenden temporalmente los contratos de suministro destinados a los usos prohibidos detallados anteriormente.
La Policía Local podrá realizar tareas de vigilancia y control del cumplimiento de lo establecido en el presente bando y, en caso de ser necesario, pondrá en conocimiento de la alcaldía las conductas infractoras, que podrán llegar a ser sancionadas con las multas que correspondan de acuerdo con la legalidad vigente en cada momento.
En los canales de atención al ciudadano del Servicio Municipal de Aguas, se atenderán las consultas que se produzcan en relación con las anteriores disposiciones, pudiendo utilizarse los mismos para comunicar cualquier información de pérdida o uso indebido del agua.
El bando y las medidas que se establecen estará en vigor hasta que se dicte un nuevo bando que lo deje sin efecto.


































Para Juan Sánchez | Domingo, 14 de Enero de 2024 a las 17:49:53 horas
Quién fue el político que quitó el camping de Punta Candor?, entonces si estaban bien y dando trabajo
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