El TSJA condena a la Junta de Andalucía por no colaborar con el Ayuntamiento de Rota en la orden de clausura de la vaqueriza
Aunque la sentencia ya no sirve de nada, pone de manifiesto que la Junta no colaboró cuando estaba obligado a ello
En el día de hoy, el Ayuntamiento de Rota ha informado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta de Andalucía por no haber colaborado con la administración local en el desmantelamiento de la vaqueriza situada en la avenida de la Matea, que cerró sus puertas definitivamente para cumplir una sentencia en firme, el pasado diciembre de 2022.
Sin embargo, y pese a aquel cierre definitivo, la situación que se generó en esta explotación ganadera sigue generando resoluciones judiciales, y en esta ocasión, es una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía notificada al Ayuntamiento, en virtud de la cual, se confirma la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz de fecha 17 de diciembre de 2021, por la que se estimaba el recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra la Junta de Andalucía por negarse a cancelar el código de explotación de la ganadería cuyo cese se ordenó en 2015.
El origen del asunto se remonta al inicio del procedimiento de ejecución subsidiara puesto en marcha por el Ayuntamiento para el cumplimiento forzoso de la orden de cierre de la explotación ganadera, después de haber obtenido la resolución de cese, hasta tres pronunciamientos judiciales diferentes que avalaban la legalidad de dicha resolución y el deber de acatarla y ejecutarla, por entender los tribunales que la explotación ganadera generaba un problema de salubridad pública y que por consiguiente, primaba el interés general de la salud de las personas, ante el interés exclusivamente particular del ganadero.
En el marco de dicho procedimiento, el Ayuntamiento solicitó colaboración de la Junta de Andalucía para que esta cancelara el código de explotación de la ganadería, al tener las competencias en esta materia, con el objeto de que la actividad ganadera declarada ilegal no pudiera seguir desarrollándose. Esa colaboración interesada por el Ayuntamiento, está configurada como una auténtica obligación entre Administraciones Públicas al amparo de los artículos 141 y 142 de la Ley 40/2015 reguladora del Régimen Jurídico del Sector Público, pero lo cierto es que pese a esa obligación legal de colaborar, la delegación territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Cádiz dictó una resolución de fecha 5 de marzo de 2020, por la que denegaba dicha cooperación, con el argumento de que el código de explotación de la ganadería solo se cancelaría cuando la misma se hubiera desmantelado de cabezas de ganado. Posicionamiento que desde el Ayuntamiento entendieron como absurdo e incoherente, ya que precisamente, la colaboración se solicitaba para conseguir dicho desmantelamiento.
La inconsistencia legal del argumento esgrimido por la Junta de Andalucía, y el hecho de que quisieran desentenderse de un problema donde estaba en juego la salud de la ciudadanía, dejando completamente solo al Ayuntamiento y desprotegiendo a los vecinos de Rota, especialmente los residentes en las inmediaciones, es lo que motivó que por parte de los servicios jurídicos del Ayuntamiento a que se impugnara esta resolución por entenderla no ajustada a Derecho.
Pese a que en el recurso interpuesto por el Ayuntamiento, la Junta de Andalucía también se opuso, finalmente el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz da la razón a la Administración Local, recriminando a la Junta de Andalucía su falta de colaboración en un asunto tan sensible y delicado para la salud pública como este, al mismo tiempo que le condena a que colabore con el Ayuntamiento para que se haga cumplir el desalojo de la ganadería que había sido declarada ilegal.
Dicha sentencia de primera instancia que data de 17 de diciembre de 2021 fue recurrida al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ahora falla, dando la razón también al Ayuntamiento, confirmando la sentencia de primera instancia y por lo tanto, ordenando a la Junta de Andalucía a que colabore con el Ayuntamiento en las gestiones de cierre forzoso de la actividad ganadera, todo ello con la imposición de costas a la parte recurrente.
Actualmente el contenido condenatorio de esta sentencia contra la Junta de Andalucía ya no tendría razón de ser, porque al final el Ayuntamiento consiguió sin su ayuda, desmantelar la instalación para cumplir con la resolución administrativa validada por los tribunales de Justicia, pero "sí pone en evidencia el incumplimiento del deber de lealtad institucional de la Junta de Andalucía para con el Ayuntamiento de Rota".



































ROBERTO EL VERDADERO | Domingo, 14 de Mayo de 2023 a las 15:45:18 horas
NO OS ENTERAIS O NO QUEREIS ENTERAROS. EL ALCALDE EN SU PUEBLO HACE LO QUE QUIERE, PARA ESO GOBIERNA. NO QUEREMOS CAMPOS NI CAMPERKS EN RKTA, NI VACAS O GALLINAS. VAMOS A HACER DE ROTA UNA CIUDAD EN CONDICIONES, A NUESTRO GUSTO. PONDREMOS LAS CALLES DE COLORINES COMO MARIA AUXILIADORA.
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