La Policía Local aclara que la identificación de un animal sigue siendo, de momento, DNI o cartilla sanitaria
Desde el pasado 5 de enero, los animales en España, tras un cambio legislativo, son considerados seres vivos dotados de sensibilidad ("seres sintientes"), lo que significa que no podrán ser embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de uno de sus dueños en caso de separación o divorcio. La modificación de tres normas (el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil), además del anteproyecto de Ley de Bienestar Animal, contempla mejoras en el trato hacia los animales.
Pero es cierto que desde que entrara en vigor este cambio jurídico, ha habido cierta confusión con la necesidad de sacar un DNI para las mascotas. De momento, indica la Policía Local, el método de identificación de un animal sigue siendo el microchip (transponer) o el pasaporte (cartilla sanitaria), ya que a pesar de lo mucho que se ha hablado en los medios de comunicación, el DNI para mascotas está contemplado en el anteproyecto de la Ley de Protección y Derechos de los Animales, que está en elaboración, pero que no ha entrado en vigor.
El triple cambio legislativo que entró en vigor el 5 de enero, el del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil ya publicado en el BOE el pasado 16 de diciembre de 2021, no habla ni recoge la obligación de un documento de identificación animal como el DNI. Así que de momento, los dueños de mascotas no tienen que hacer nada, no tienen que solicitar ningún documento nuevo para llevar identificado correctamente a su animal.
Ya está bien | Martes, 18 de Enero de 2022 a las 12:24:32 horas
Seres sintiéntes po al final si tienen tanto derecho como las personas pues también tendrán la obligación de llevar mascarillas por la calle, jajajaj adonde hemos llegado en este puñetero pais!
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