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Redacción 15
Miércoles, 22 de Septiembre de 2021

El alcalde de Rota y oposición se han unido hoy a la concentración de los trabajadores del aeropuerto de la Base

[Img #152057]En la concentración semanal que los trabajadores del aeropuerto de la Base Naval realizan a las puertas del control del recinto militar se han unido hoy el alcalde de Rota, Javier Ruiz, y varios concejales de la oposición con el fin de mostrar, una vez más, su apoyo al colectivo que lleva desde 2018 en huelga indefinida.

 

A las ocho de la mañana, con la habitual pancarta que pide la readmisión de los empleados despedidos desde enero de 2017, una representación del comité de empresa, junto a miembros de la plantilla, han podido hablar con el alcalde, el concejal del PP, Óscar Curtido, y el concejal de Podemos, Moisés Rodríguez, a los que luego se ha sumado el teniente de alcalde Daniel Manrique de Lara.

 

El alcalde les ha trasladado junto a los miembros de la Corporación, en qué consiste la moción conjunta que se elevará a pleno mañana jueves y que viene a pedir que el Gobierno de España informe a EEUU de la situación y del conflicto laboral que viven los trabajadores con la concesionaria del servicio aeroportuario, Louis Berger Aircraft Services, Inc. Dado que se está en un momento clave para la adjudicación del nuevo contrato, que tendría vigencia por cinco años, la idea es que la empresa norteamericana, que además fue nombrada como Non Grata por el pleno municipal hace unos meses, no repita temiendo que si se diera el caso, el conflicto podría eternizarse.

 

Desde el comité de empresa han explicado que el contrato actual terminó en abril de 2021 y que ahora estarían en los seis meses de prórroga recogidos en el mismo, por lo que se estima que como muy tarde a 31 de diciembre de 2021, este contrato debería estar adjudicado y el 1 de enero de 2022 en vigor con la nueva adjuciación.

 

Como siempre, los concejales del Ayuntamiento de Rota se han mostrado unidos en este tema y han manifestado su apoyo al colectivo de trabajadores que desde 2016 vive este conflicto laboral. Por su parte, los representantes del comité quieren dejar claro que el único interés en trasladar a los representantes públicos la forma de proceder de Louis Berger con la plantilla, es para que el Gobierno americano tenga toda la información sobre empresas que pueden ser las adjudicatarias y que como la actual, han indicado, no respeta los derechos laborales de los trabajadores.

 

A la concentración se han sumado también algunos miembros de la Plataforma Roteña en Defensa de lo Público.

 

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  • Lastplayer

    Lastplayer | Domingo, 26 de Septiembre de 2021 a las 23:10:18 horas

    Estimado comentarista “Dice el Last Player”.

    Al margen de su mala educación, que en mi opinión ocurre como con la suerte, hay gente que la tiene y gente que no, que en su caso queda acreditado que nos es uno de sus fuertes, afirma Ud. lo siguiente:
    De esos despidos disciplinarios, han quedado sobradamente acreditados ante la Justicia despidos por defraudadores, por dormilones, por vagos, por mentirosos...
    Precisamente por esos argumentos tan poderosos demostrados ante los Tribunales de Justicia de nuestra querida España, han sido declarados como DESPIDOS NULOS o IMPROCEDENTES.
    Tal vez si me permite, le rogaría un mínimo de seriedad a la hora de argumentar sus planteamientos.

    Un Cordial Saludo.

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  • Dice el Last Player

    Dice el Last Player | Sábado, 25 de Septiembre de 2021 a las 14:02:54 horas

    "infringiendo un sufrimiento a su trabajador y sobre todo a su familia."

    Se dice INFLINGIENDO, bruto. Que vas de erudito y no eres más que un cateto con ínfulas.

    De esos despidos disciplinarios, han quedado sobradamente acreditados ante la Justicia despidos por defraudadores, por dormilones, por vagos, por mentirosos...

    Habla de los PROCEDENTES por causas productivas, que eran la base de la Huelga y demás. Una vez que la Justicia española ha considerado que SON PROCEDENTES, ya el circo no tenía sentido, pero bien que lo han tapado los Comiteros.

    Ineptos, catetos y prepotentes. La receta para el desastre.

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  • BANDA

    BANDA | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 20:20:38 horas

    Señor alcalde por que no cortaste otra vez el control?
    aaahh valee,que ibas a comer de gañote adentro y ya que pasabas por alli te paraste un ratito....

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  • Eterno porque quieren

    Eterno porque quieren | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 19:03:58 horas

    El conflicto claro que va a ser eterno, si pretenden no ceder en una coma.

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  • Lastplayer

    Lastplayer | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 19:01:51 horas

    SENTENCIAS DE LOS 10 DESPIDOS DISCIPLINARIOS EN LBAS

    Fallos Judiciales:

    Con N.º 119/19 JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2 de fecha 27/03/2019 DESPIDO NULO, sentencia FIRME.
    Con N.º 142/19 JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2 de fecha 25/04/2019 DESPIDO IMPROCEDENTE, sentencia FIRME.
    Con N.º 2625/2020 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL, Sede de SEVILLA de fecha 09/09/2020 DESPIDO IMPROCEDENTE, sentencia FIRME.
    Con N.º 245/2021 JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 de fecha 31/05/2021 DESPIDO IMPROCEDENTE, sentencia FIRME.
    Con N.º 23/2021 JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 3 de fecha 22/01/2021 DESPIDO NULO, sentencia recurrida en suplicación y por lo tanto Sub judice.
    Con N.º 1995/21 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL, Sede de SEVILLA de fecha 15/07/2021 DESPIDO PROCEDENTE, sentencia recurrida en casación y por lo tanto Sub judice.
    Con N.º 2008/2021 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL, Sede de SEVILLA de fecha 20/07/2021 DESPIDO IMPROCEDENTE, sentencia recurrida en casación y por lo tanto Sub judice.

    En el caso de los otros 3 DESPIDOS durante el acto de conciliación previo a la celebración de la vista, se llegó a un acuerdo entre las partes, ya que la empresa les ofreció a los trabajadores despedidos disciplinariamente, una cantidad equivalente a un DESPIDO IMPROCEDENTE y por lo tanto no fueron juzgados.

    Lo que en mi opinión pone de manifiesto que desde su poder como empresarios han aprovechado su posición de preeminencia, superioridad o supremacía frente al trabajador para imponer sus criterios, se utiliza el procedimiento de comisiones de supuestas faltas, que luego terminan en sentencias de despidos improcedentes, y con la indemnización se libran del trabajador que les resulta molesto o no es de su cuerda, infringiendo un sufrimiento a su trabajador y sobre todo a su familia.

    Un Cordial Saludo

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  • Despidos procedentes

    Despidos procedentes | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 16:14:48 horas

    Así es, los despidos son procedentes, pero los del Comité se lo ocultan a los políticos y a los trabajadores, que tampoco es que hagan caso a "otra verdad" de la que los sindicalistas venden.

    Fundaron toda este rollo de la huelga y el conflicto en esos despidos, y cuando el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dió por buenos los despidos, "cualquiera reculaba y contaba la verdad".

    Ya sólo les queda como opción que la empresa no renueve, no valen para otra cosa.

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  • Ciudadano

    Ciudadano | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 15:13:57 horas

    Menos mal que se han unido, Dios los cría y los junta, est
    ais haciendo el......, ya esta todo planteado y LO SABÉIS

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  • Lastplayer

    Lastplayer | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 13:58:54 horas

    HABLANDO DE SENTENCIAS

    Habría que añadir los siguientes fallos Judiciales del TSJA (con N.º 776/20 y N.º 775/20 de fecha 18 marzo, así como la N.º 881/21 la N.º 891/2021 y la N.º 890/2021 de fecha 25 de marzo del presente año), que entre otras cuestiones dicen:
    En nuestro caso, los hechos son más floridos que el simple esquema expuesto por la empresa recurrente y esta obvia que se ha procedido a sustituir a seis trabajadores despedidas por trabajadores de una contrata, la empresa XXXXX XXXX, S.A., tras realizar la empresa demandada un “.../…procedimiento para la externalización y subcontratación con otra empresa del Servicio de tripulación y pasajeros (siendo el contrato suscrito por LBAS y en vigor desde el 1-08-16, con entre otros objetos el “Transporte de la tripulación militar, incluyendo a los civiles temporalmente asignados y designados por el comandante de los vuelos; así como los pasajeros identificados por el representante LBAS en el marco del Contrato NAVSTA") El servicio fue asignado finalmente a la empresa XXXXX XXXX,, S.A. formalizando ambas partes un “Contrato de prestación de Servicios" …/… ” Con lo que no podemos sino coincidir con lo afirmado en la sentencia de instancia: el despido del actor es una actuación arbitraria del empleador por conveniencia.
    En suma, la sentencia de la instancia efectúa un control de concurrencia de causa de despido y concluye, con razón, que dicha causa invocada y aplicada no es razonable, y que es una actuación arbitraria del empleador; el despido responde a criterios de conveniencia u oportunidad de la empresa. La empresa no acredita la conexión de funcionalidad entre la causa productiva y las extinciones contractuales, pues no acredita que el contrato del actor ha perdido su eficiencia económica para la empresa, o lo que es igual, que ha perdido su objeto y su causa, dado que lo que se hace es la sustitución del trabajador despedido acudiendo al expediente del uso de un mecanismo interpositorio como es el acudir a una contrata como es XXXXX XXXX, S.A.
    La falta de razonabilidad se torna aquí, pues, palmaria, pues no estamos ante una contratación temporal, puntal y extraordinaria sino que, por el contrario, los hechos probados de base ponen de relieve que la actividad empresarial venía desarrollándose con mantenimiento constante de la contratación, no sólo antes de los despidos de enero de 2017, sino con posterioridad referidos a los conductores de pasajeros y siempre estando en vigor el mismo contrato de servicios con la US NAVY, que no olvidemos está vigente desde el 1-08-16, con entre otros objetos el "Transporte de la tripulación militar, incluyendo a los civiles temporalmente asignados y designados por el comandante de los vuelos; así como los pasajeros identificados por el representante LBAS en el marco del Contrato NAVSTA" y sin que se nos indique que concurra una situación excepcional con lo que estimamos, al igual que la sentencia de instancia, que la calificación del despido es la de no ajustado a derecho, precisamente por falta de adecuada justificación de la concurrencia de causa válida".

    Un Cordial Saludo.

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  • Excamarero

    Excamarero | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 13:33:46 horas

    Mientras trabajaba por la noche Poniendo copas y de+ trabajos más de un cateto de estos que trabajaban en la base me recochineaba el trabajo tan bueno que tenía él sin hacer nada y la mierda de trabajo que tenía yo , un poco más de humildad señores , yo no voy a decir que me alegré pero ya sabemos quien s son todos

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  • Entérense...

    Entérense... | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 13:31:55 horas

    Sentencias...

    "La sentencia, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla, de 9 de septiembre de 2020, R. 4253/2018, estima el recurso de la empresa y desestima el del trabajador, declarando la procedencia del despido. Y en cuanto a la calificación del despido objetivo y la concurrencia del imprescindible soporte causal, el excedente de plantilla, y el sobredimensionamiento de ésta quedaron acreditados con los informes elaborados a los que hace remisión el relato fáctico; resultando una conclusión lógica de la disminución de los servicios. Si la empresa, con arreglo al contrato anterior, destinaba un número de trabajadores para atender cuatro aviones más servicios accesorios, resulta lógico que, ante la disminución del servicio a tres aviones y supresión de servicios accesorios, el número de trabajadores necesarios ha de ser inferior."

    ERGO los despidos estaban justificados y avalados por la Justicia española.

    Dejen de inventar.

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  • ROBERTO

    ROBERTO | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 12:44:14 horas

    Estoy muy de acuerdo con MIENTEN MIENTEN, sí de he la sentencía que deja en su comentario es la definitiva. No veo oportuno que ningún partido se muestre en contra de esto por votos... Que hay que currarse los trabajos y no hacer sólo acto de presencia que la mayoría de los trabajadores hacían en el aeropuerto. Con un sueldo muy alto y muchas paguitas extras.. Para un grupo que la mayoría anda en el alto voltaje... que investiguen a la plantilla y la adjudicación de las plazas, a ver que queda de manifiesto.... enchufismo!!!!! Pero claro, esto sería abril la caja de pandora para el ayuntamiento local también.... Estoy hablando siempre basandome en la sentencia descrita anteriormente, y si hay otra que la pongan... Que se manifiestes y digan publicamente como han entrado y cuanto cobraban, te digo yo que más que alguién con un Master, y la mayoría de ellos no pasan de la ESO... que tampoco es justo para los que se hartan de estudiar y luego vean como no son valorados porque no son tomados en cuenta... Eso sí que duele, pero como los señoritos estos sólo miran por su bolsillo, ande yo contento y ríase la gente..... Pataletas porque ahora se han dado cuenta de lo que realmente valen las cosas y que no encuentran nada por méritos...

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  • El Cid

    El Cid | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 12:18:31 horas

    Políticos oportunistas desde derecha a izquierda y de izquierda a derecha!

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  • Juan

    Juan | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 11:53:49 horas

    Creo que sería más efectivo que se unieran a los vecinos de la Matea para desmantelar la vaqueriza ¡ que ya huele Sr.Alcalde su promesa! lleva sin cumplirla 2 legislaturas.

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  • Qué tropa

    Qué tropa | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 11:19:13 horas

    "Dado que se está en un momento clave para la adjudicación del nuevo contrato, que tendría vigencia por cinco años, la idea es que la empresa norteamericana, que además fue nombrada como Non Grata por el pleno municipal hace unos meses, no repita".

    Así que "la idea" del Consistorio es interferir en un proceso de licitación de empresas privadas y de otro país.

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  • Mienten y mienten

    Mienten y mienten | Miércoles, 22 de Septiembre de 2021 a las 10:51:43 horas

    Los fallos judiciales (con nº 821/19 y nº 846/19 de fecha 21 de marzo, así como la nº 1092/19 de fecha 11 de abril del presente año) certifican que las actuaciones de LBAS ante las necesidades del contrato estuvieron justificadas, acreditando que «se produce una necesidad de reestructurar los medios organizativos de la empresa para adecuar los mismos a las nuevas necesidades productivas, siendo éste el motivo de la amortización del puesto de trabajo, que estimamos justificada», así como «el excedente de plantilla y el sobredimensionamiento» de la empresa.

    “Consta acreditada la concurrencia de la causa productiva, según se define en el art. 51.1. del estatuto de los trabajadores, en cuanto a que el contrato en vigor desde el 1 de agosto de 2016, adjudicado a la recurrente, suponía una reducción de servicios de más del 25%. Y tal reducción ha de suponer necesariamente un precio inferior, y obviamente, un número inferior de trabajadores para acometer tales servicios; que conllevará por tanto la concurrencia de la causa organizativa”.

    Asuman su culpa, montaron este tinglado por los despìdos, y LOS DESPIDOS FUERON CONSIDERADOS PROCEDENTES por la Justicia española.

    Todo lo demás son pataletas de nenes cabreados porque no se han salido con la suya, y que les están resultando muy caras.

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