Los vecinos de Punta Candor denuncian soportar niveles de ruido por encima de la norma con los conciertos del "Rota es Música"
Señalan que el Ayuntamiento no está cumpliendo la ley en materia acústica
Las quejas de los vecinos de Punta Candor por el ruido que soportan cada fin de semana debido a los conciertos del ciclo "Rota es Música" que se celebra en esa misma zona de Rota, continúan.
El escenario habilitado está tan cerca de sus viviendas que los jueves, viernes y sábados se convierte en un martirio que les impide descansar ya que aunque las actuaciones musicales en directo suelen acabar en torno a las 00.30 horas, hasta las 2 de la madrugada el recinto permanece abierto con música para seguir disfrutando de la noche.
Las quejas se hicieron llegar prácticamente desde el principio, incluso antes de que comenzaran los conciertos porque era fácil prever que la conciliación entre descanso y ocio iba a ser complicada.
Ahora, la comunidad de propietarios del Residencial Punta Candor Fase A, situado en la avenida Almudena Grandes. al lado del espacio habilitado para el "Rota es Música", ha salido a la opinión pública como ya lo hiciera la del Residencial Punta Terraces, para poner en entredicho que la ley en materia de emisión acústica se esté cumpliendo.
De hecho, estos vecinos apuntan a que han tenido que esperar un mes desde que solicitaran al Ayuntamiento de Rota tener acceso al expediente de licencia por el que se autorizaba la celebración de este festival, y tras no permitirle la administración local que el administrador de la comunidad fuera acompañado por un técnico, como indican que le ampara el Art. 53.g de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitaron copia del expediente administrativo.
La intención no era otra que tener la documentación oficial a mano para poder estudiarla y en ese análisis, han detectado, según manifiestan, que el estudio acústico presentado pone de manifiesto que se produce un exceso sustancial de los límites admisibles de ruidos del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, sobre las fachadas de las viviendas más próximas al lugar de celebración del evento, superándose en más de 30 dBA el límite admisible.
Es decir, según esta comunidad de propietarios de Punta Candor, afectada por el ruido de los conciertos, el Ayuntamiento de Rota habría acordado la suspensión de los objetivos de Calidad Acústica, en contra de lo previsto por el Art. 9 de la Ley 37/2003 del Ruido, sin justificación alguna que lo acredite.
El artículo citado dispone que “… los titulares de emisores acústicos podrán solicitar de la Administración competente, por razones debidamente justificadas que habrán de acreditarse en el correspondiente estudio acústico, la suspensión provisional de los objetivos de calidad acústica aplicables a la totalidad o a parte de un área acústica. Solo podrá acordarse la suspensión provisional solicitada, que podrá someterse a las condiciones que se estimen pertinentes, en el caso de que se acredite que las mejores técnicas disponibles no permiten el cumplimiento de los objetivos cuya suspensión se pretende".
Los vecinos de Punta Candor consideran que el Ayuntamiento de Rota "no ha exigido el fiel cumplimiento de la normativa sectorial de aplicación citada, ya que se ha accedido a la suspensión de los objetivos de calidad acústica omitiendo las determinaciones del Art.9.2, puesto que sí existen técnicas disponibles para asegurar el cumplimiento de los límites admisibles de ruidos, como la instalación de limitador-controlador.
Y es que los afectados por el ruido recuerdan que tras los conciertos se ha habilitado un establecimiento de ocio y esparcimiento, una especie de “discoteca al aire libre”, en la que se dispone de equipo reproductor de música sin control alguno de los niveles sonoros. Además, los vecinos denuncian que el Ayuntamiento de Rota haya ignorado las medidas correctoras que sugiere el estudio acústico presentado, de desarrollar el evento en horario diurno y vespertino, es decir, hasta las 23.00 horas, y la de instalar limitador-controlador de música.
Según esta comunidad de propietarios, esto supone que la responsable de Urbanismo ha omitido la obligación de exigir al titular del evento musical instalar un equipo limitador-controlador de emisiones musicales como establece el Art. 48 del Decreto 6/2012, de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación acústica en Andalucía, donde se señala que “….en aquellos establecimientos con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisuales, cuyos niveles de emisión sonora pudieran dar lugar a superaciones de los límites admisibles de nivel sonoro de las tablas VI y VII, y en cualquier caso cuando dichos equipos puedan generar niveles de emisión sonora superiores a 85 dBA, o cuando se utilicen sistemas de amplificación para actuaciones en directo, será obligatoria la instalación de un equipo limitador-controlador acústico que permita asegurar, de forma permanente, el cumplimiento de dichos límites".
Desde la comunidad de propietarios y amparados en el referido Art. 48 del Decreto 6/2012, insisten en que no hay excusas porque se deja muy claro que en este caso, se exige la instalación de ese limitador-controlador de emisiones musicales sin excepción.
Por otra parte, indican los afectados, "el error es aún mayor si no referimos a la música pregrabada que se hace uso una vez finalizados los conciertos y que supone que se somete a los vecinos a unos niveles de ruidos muy superiores a los máximos permitidos, al no disponerse en dichos equipos de reproducción sonora control o límite alguno".
Si en realidad la medida no fuera posible, es decir, si de verdad no se pudiera instalar el emisor acústico en esas horas, los vecinos se preguntan ¿cómo es que el Ayuntamiento sí se lo exige al titular del evento solo en caso de exceder el cierre a las 2 de la madrugada? Por otro lado, apuntan, "resulta sorprendente que incluso el estudio acústico presentado no valora la incidencia acústica de esta discoteca al aire libre y el Ayuntamiento a pesar de ello, hace extensible la suspensión de los objetivos de calidad acústica para dicha actividad recreativa". Es decir, permite la música alta tras los conciertos.
En viviendas cercanas se están alcanzando niveles sonoros superiores a lo permitido
Ante esta situación, la comunidad de propietarios del Residencial Punta Candor Fase A asegura que esta omisión legislativa por parte de la delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Rota, está suponiendo que en el interior de las viviendas más cercanas a la zona de conciertos, se estén alcanzando niveles sonoros muy superiores al máximo permitido por la normativa sectorial autonómica, que es de 25 dBA para el período de noche (7.00 a 23.00 horas), permitiendo de esta manera una exposición prolongada a unos determinados niveles de ruido "intolerables".
Por otra parte, denuncian que el Ayuntamiento haya accedido a la suspensión de los objetivos de calidad acústica vulnerando igualmente el Art. 70.5 de la Ley 7/2007 de 9 de Julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en cuanto que no se trata de un evento extraordinario ni de una actividad puntual, sino que se está hablando de la celebración de 30 conciertos musicales al aire libre, durante dos meses, superándose en todo momento y de manera sustancial los límites admisibles de ruidos.
Es por ello, que esta comunidad de propietarios insta a la delegada de Urbanismo, Nuria López, a que exija de manera inmediata a los organizadores del evento musical que adopten las medidas necesarias para evitar inmisiones acústicas que objetivamente pueden calificarse como evitables e insoportables y le requiera la instalación del limitador-controlador de emisiones musicales que exige la citada normativa sectorial. De lo contrario, indican, la responsable de esta delegación, podría estar incurriendo presuntamente en una vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad del domicilio frente a la contaminación acústica.
Los vecinos no descartan emprender las acciones judiciales pertinentes para defender su derecho al descanso y a no soportar cada fin de semana un nivel de ruidos que consideran intolerable.
Para terminar, los afectados invitan al alcalde de Rota, Javier Ruiz, y a la delegada de Urbanismo, Nuria López, a que se pasen cualquier noche por la zona de conciertos y comprueben por sí mismos el impacto acústico "insoportable e intolerable" al que han decidido someter a los vecinos de Punta Candor durante dos meses continuados.



































Pueblo | Domingo, 18 de Julio de 2021 a las 12:11:18 horas
Rota debería tener el lema, para nosotros los Roteños , gracia a este Alcalde, " Rota ciudad ruidosa", y sin Ley
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