La justicia vuelve a condenar la "acciones antisindicales" de Louis Berger contra sus trabajadores
El conflicto de los trabajadores que prestan servicio en el aeropuerto de la Base Naval con la empresa concesionaria, Louis Berger Aircraft Services, Inc, sigue dirimiéndose en parte en los juzgados y continúa dando la razón al comité de empresa en algunas de sus denuncias.
La última, ha sido la desestimación parcial del recurso que la empresa adjudicataria de los servicios en el aeropuerto del recinto militar interpuso ante la sentencia que daba la razón al comité de empresa en su legitimidad para representar a la plantilla de trabajadores.
Hay que recordar que la empresa desde el 19 de julio de 2020 de forma unilateral, dejó de reconocer la legitimidad del comité de empresa y por tanto, del comité de huelga y del comité de seguridad y salud. El objetivo de esta "argucia", como el comité de empresa denunciaba en su día, era no tener que dar cuenta a los representantes de los trabajadores de cuestiones relacionadas con despidos, turnos de trabajo, contratación y de prevención de riesgos laborales. Por lo que el comité de empresa y las secciones sindicales de CCOO y UGT denunciaron ante los juzgados, consiguiendo el pasado 8 de febrero de 2021, colocar el derecho de los trabajadores y su representación en el lugar que nunca debió ser alterado por la empresa, es decir, la Sentencia 51/2021 (en los Autos nº 759/2020) del Juzgado de lo Social Número 3 de Jerez de la Frontera, condenaba a Louis Berger a pagar una indemnización de 50.000 euros a UGT y a CCOO respectivamente, "por vulneración de derecho a la representación de las centrales sindicales", obligando también a la concesionaria de los servicios de aeropuerto, "al cese inmediato de la conducta discriminatoria, con reconocimiento del comité de empresa".
Aquel auto fue recurrido por Louis Berger ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, que ahora ha estimado parcialmente el recurso de suplicación ya que rebaja la cuantía de la indemnización de 50.000 euros iniciales a cada sindicato, a 10.000 euros, pero mantiene la legitimidad del comité de empresa como representación de los trabajadores y vuelve a insisitir en ela obligación del "cese inmediato de la conducta discriminatoria" de Louis Berger hacia el mandato del comité de empresa.
Desde la representación de los trabajadores del aeropuerto de la Base Naval de Rota, se vuelve a exigir a la dirección de la empresa estadounidense que "abandonde sus acciones antisindicales" con ánimo de no seguir prolongando este conflicto que dura ya más de cuatro años y medio.
El comité de empresa ha querido agradecer el trabajo de las asesorías jurídicas en la defensa de los derechos sindicales y unitarios, y ha insistido en que de nuevo, un juez ha condenado las acciones antisindicales de Louis Berger obligándola al cumplimiento del derecho en esta materia. Por ello, tanto las centrales sindicales como el propio comité que ejerce la representación legal de la plantilla, han mostrado su satisfacción por el resultado de la sentencia indicando que se "vuelve a demostrar una vez más el constante incumplimiento de normas españolas de esta empresa norteamericana". En esta línea y para concluir, han pedido a Louis Berger que se ajuste al derecho de normativas españolas y "que cese su actitud de persecución para doblegar la voluntad mayoritaria de los trabajadores españoles en sus legítimas y justas reivindicaciones".



































Sentencias.. | Domingo, 11 de Julio de 2021 a las 12:38:15 horas
Tres nuevas sentencias, dictadas por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía los días 8 y 10 de junio, estiman procedentes los despidos por causas organizativas y de producción y al mismo tiempo, desestiman los recursos presentados por los trabajadores en los que solicitaban la nulidad de los mismos por vulnerar el derecho de libertad sindical
Estas tres nuevas sentencias reconocen como hechos probados que el contrato suscrito por LBAS con la US Navy, en vigor desde 2016, supuso una reducción de servicios de más del 25%, pasando de prestar servicios a cuatro aviones, a prestarlo a tres, suprimía los servicios accesorios y obligaba a la contratista a crear un nuevo cargo de responsabilidad (Duty officer) con presencia continua en las dependencias del aeropuerto, representando todo ello una reducción en el precio del contrato de 4,6 millones de euros respecto al contrato anter
"Las sentencias consideran que, tal como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo, “la pérdida o disminución de encargos de actividad ha de ser considerada por su origen una causa productiva, en cuanto que significa una reducción del volumen de producción contratada, y por el ámbito en que se manifiesta una causa organizativa, en cuanto que afecta a los métodos de trabajo y a la distribución de la carga de trabajo entre los trabajadores”.
Además de todo ello, las sentencias afirman que, del documento emitido por la US Navy, se infiere que LBAS no ofertó voluntariamente un precio menor con la única finalidad de adjudicarse el servicio, razón alegada siempre por el Comité de Empresa en el conflicto que mantienen, sino que fue la propia US Navy la que consideraba que la bajada de precio era necesaria como consecuencia de la reducción de servicios, por lo que Louis Berger se vio obligado a rebajar sus precios.
Todo ello hace que, como afirman las tres sentencias, conste acreditada la concurrencia de la causa productiva según se define en el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, ya que la reducción de servicios solicitados por el cliente ha de suponer necesariamente un precio inferior y obviamente, un número inferior de trabajadores para acometer tales servicios."
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