¿Sabes cuáles son las actividades que podrán mantenerse abiertas a partir de las 18.00 horas?
Desde hoy martes, 10 de noviembre, todas las actividades consideradas no esenciales deberán cerrar sus puertas a las 18.00 horas como dictó el pasado domingo, 8 de noviembre el presidente de la Junta de Andalucía para seguir haciendo frente a los contagios por Covid-19.
Las únicas actividades que podrán seguir realizando su labor hasta las 22.00 horas, cuando se inicia el toque de queda y por tanto todas deben cerrar, son las siguientes:
a) La actividad industrial y el comercio mayorista.
b) Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
d) Los servicios profesionales y empleados del hogar.
e) Los servicios sociales y sociosanitarios.
f) Los centros o clínicas veterinarias.
g) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.
h) Alquiler de vehículos y las estaciones de inspección técnica de vehículos.
i) Los servicios de entrega a domicilio.
j) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
m) Los centros y servicios para la ejecución de medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar.
n) Centros de Atención Infantil Temprana y centros de tratamiento ambulatorio.
ñ) Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social
o) Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior, y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
p) Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
q) Los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos, centros de investigación y demás centros similares.
El resto (como peluquerías, estancos, centros de estética,...), a las 6 de la tarde deberán echar el cierre. Es una medida vigente, en principio, hasta el 23 de noviembre.


































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