El Ayuntamiento de Rota decide aplazar o no cobrar tasas municipales ante esta situación de crisis sanitaria
Las medidas que se están tomando ante el estado de alarma en el que se encuentra el país oir el coronavirus está haciendo que los ayuntamientos no solo sigan a rajatabla lo que dicta el Gobierno central sino que también tomen sus propias decisiones para facilitar en la medida de lo posible todo esta situación a los ciudadanos de sus localidades.
En el caso del Ayuntamiento de Rota, este miércoles, el alcalde del municipio, Javier Ruiz, ha dado a conocer una batería de medidas tributarias que afectarán al pago de tasas municipales. En unos casos, el equipo de gobierno ha decidido retrasar su cobro y en otros, directamente, anularlos. De esta forma, se pretende aliviar de alguna manera los efectos económicos que esta crisis sanitaria está generando en distintos sectores y en la sociedad en general.
Suspensión del cobro de tasas
Entre las medidas económicas diseñadas para apoyar a la población en general, está la suspensión temporal de pagos como la tasa de basura, de cementerio o de fraccionamientos y aplazamientos de los pagos, entre otras medidas; y en especial a los colectivos más vulnerables y sectores empresariales como la hostelería o el comercio, especialmente afectados por el obligado cese de su actividad, eximiéndolos del pago de la tasa de ocupación de vía pública con toldos o terrazas.
El decreto de la Alcaldía completa el Plan de Contingencia Municipal contra el Covid-19 y se suma a las decisiones y normativas impulsadas por el Gobierno de España en materia económica.
En la primera de las medidas recogidas, el Ayuntamiento de Rota anuncia que suspendera el plazo de pago en periodo voluntario y el cargo en cuenta por domiciliación bancaria prevista para el 5 de mayo de este año de recibos de vencimiento mensual como los de la tasa de kioscos, el arrendamiento de las 40 y 90 viviendas, renta de locales y viviendas municipales, la tasa de instalaciones deportivas, ocupación de subsuelo, suelo y vuelo, tasa de residencia de ancianos, ayuda a domicilio, vivero de empresas, canon de concesión administrativa, tasa de mercados y talleres municipales, y cualquier otra tasa o precio público cuya exacción se efectúe mensualmente.
De igual forma, se aplicará la misma medida sobre las tasas de cementerio municipal del ejercicio 2020, y de recogida, tratamiento y eliminación de residuos del primer semestre del citado ejercicio, ya que también se suspenderá el plazo de pago en periodo voluntario, así como su cargo en cuenta por domiciliación bancaria que se preveía efectuar el 1 de abril.
En cuanto a las tasas por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes, en cuanto afecta al mercadillo semanal y alrededores, el Decreto contempla ampliar el plazo de pago en periodo voluntario de la cuota emitida por el segundo trimestre, que finaliza el 31/03/2020, en tantos días equivalentes como se mantenga la suspensión decretada por el Gobierno de la nación.
Por otro lado, se suspenderá el plazo de pago en periodo voluntario de la Tasa de O.V.P. de las casetas en el recinto ferial, que finalizaba el 5 de abril de 2020, hasta que se determine la posibilidad de desarrollar la Feria de Primavera en nueva fecha.
Fraccionamientos y aplazamientos
En el caso de fraccionamientos y aplazamientos de pagos solicitados por los ciudadanos, el Consistorio no cargará el vencimiento de abril, salvo que el interesado manifieste expresamente su voluntad de que se le efectúe. Así, todos los fraccionamientos a los que se les suspenda el cargo en cuenta de este plazo, se verán ampliados en una mensualidad. Para el caso de los aplazamientos cuyo plazo de vencimiento se haya visto suspendido, el mismo se efectuará una vez levantada la suspensión por el Gobierno de la nación.
El plazo de presentación en periodo voluntario de declaraciones y autoliquidaciones tributarias que hayan de tramitarse ante esta Hacienda Local, se ampliará en los días naturales equivalentes a los que le quedara para finalizar el citado periodo en el momento de entrada en vigor de la suspensión recogida en el Real Decreto 463/2020, a contar desde el momento en el cual se levante la suspensión por el Gobierno de la nación.
Por otro lado, el Ayuntamiento suspenderá los procedimientos tributarios de gestión pendientes de cumplimiento de requerimientos o trámites de audiencia y las notificaciones tributarias. Y además, ampliará el periodo voluntario de pago de las liquidaciones devengadas, en los días naturales equivalentes a los que le quedara para finalizar el citado periodo en el momento de entrada en vigor de la suspensión recogida en el Real Decreto 463/2020, a contar desde el momento en el cual se levante la suspensión.
Las tasas de servicios que se recogen en las Ordenanzas Municipales, y que no se están prestando a los ciudadanos debido a la extraordinaria situación de estado de alarma decretado se regularizarán a nivel tributario, de manera que en la primera cuota que se emita una vez se reanude la actividad, el Ayuntamiento descontará los días que no se haya prestado el servicio, o bien realizará la devolución correspondiente en el caso de que no se retomara el citado servicio debido a la suspensión acordada por el Gobierno de la Nación.
En este apartado se encuentran las tasas correspondientes al servicio de enseñanza en los cursos y talleres municipales de las delegaciones de Cultura y Juventud, los servicios y utilización de las instalaciones deportivas, la Ordenanza Fiscal 2.24 reguladora de la tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes cursos y/o talleres municipales, la Ordenanza Fiscal 2.23 Reguladora de la Tasa por Ocupación de Terrenos de uso público Local con toldos, mesas y sillas con finalidad lucrativa.
Tal y como se recoge en el texto, las suspensiones de pago voluntario y cargo de cuenta que se recogen en dicho decreto pueden ser revocadas por los ciudadanos que así lo expresen.































Ciudadano | Jueves, 19 de Marzo de 2020 a las 15:27:10 horas
Cuando vais a sacar ese parque móvil para hacer labores de desinfección?
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