La justicia da la razón al secretario del comité de Louis Berger despedido hace año y medio
La empresa Louis Berger Aircraft Services Inc (LBAS) ha sido condenada por el Juzgado de los Social número 2 de Jerez a readmitir al secretario del comité de empresa, Edgard Schmidt, que fue despedido el pasado 30 de noviembre de 2017 por motivos disciplinarios. Una buena noticia para este trabajador que reconoce que la justicia es lenta, ha pasado casi año y medio desde entonces, y en la que confía para que el resto de los 30 trabajadores que también tienen su despido en manos de los tribunales corran la misma suerte y haya justicia para todos.
Aunque la sentencia no es firme, cabe recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sí aclara que los motivos por los que la empresa Louis Berger, concesionaria del servicio de aeropuerto de la Base Naval de Rota, no justificaban el despido del secretario del comité y que más bien, venía a ser una represalia contra él. Hay que recordar que la plantilla de trabajadores arrastra un conflicto laboral desde hace tres años y actualmente se encuentran en huelga indefinida tras cinco huelgas parciales en todo este tiempo. Edgard Schmidt fue testigo en varios juicios de trabajadores y se entiende que su testimonio fue importante como se expresa en un fundamento jurídico de las sentencias para determinar la inexistencia de causas para el despido objetivo.
Según la sentencia que declara el despido como nulo por la vulneración de derechos fundamentales, Edgard Schmidt tiene que ser readmitido en su puesto de trabajo en el plazo de cinco días además de cobrar los salarios que dejó de percibir desde el 30 de noviembre de 2017.
La noticia se conoce cuando la empresa concesionaria del servicio de aeropuerto de la Base Naval de Rota cuenta con un nuevo acta de infracción de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz por sanciones graves: la primera, por infracción muy grave por vulneración del derecho de huelga por contratación de trabajadores ajenos a la empresa durante el periodo de huelga. Dos, infracción grave por vulneración del derecho de huelga por la creación de la figura del Flight line supervisor, y tres, infracción grave por vulneración de los derechos de información del comité de empresa.
Además, desde CCOO adelantan que a lo largo de las últimas semanas han tenido constancia y confirmación oficial de los siguientes pronunciamientos judiciales y de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz. En ellos se pone de manifiesto que los despidos y la externalización del servicio de autobuses contratando a una nueva empresa, se debía, según el fallo, a que "la empresa realizó una oferta en fraude para que se le otorgara por la US NAVY el servicio, a sabiendas de que no podría cumplirlo con sus propios medios ya que conocía su contenido al haberlo prestando con anterioridad, eliminando con ello al resto de empresas que licitaron para la adjudicación del Servicio. Es evidente que el estado de obsolescencia de los autobuses ya era conocido cuando se le adjudica el servicio, no es ningún hecho nuevo, por lo que en aquel momento ya debió prever como haría frente a la actualización y renovación de la flota para prestar el servicio adjudicado. Las causas esgrimidas no pueden ser estimadas como suficientes para fundamentar el despido del actor, pues estos datos los conocía la empresa un año antes y como digo, procedió a realizar una oferta de sus servicios, en fraude de ley, ya que tuvo un total conocimiento previo de que no podría prestar el servicio adjudicado".



































Jenofonte | Jueves, 04 de Abril de 2019 a las 13:12:03 horas
¿Porque tiene que dejar dormir a los trabajadores del turno de noche?, o ¿se les paga por dormir?, porque yo cuando he trabajado de noche se me a pagado por trabajar NO por dormir.
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