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Redacción
Viernes, 18 de Enero de 2019

La OMIC advierte y aconseja a los consumidores sobre sus derechos en rebajas

Se inicia la campaña "En rebajas, tus derechos no se rebajan, exígelos"

[Img #106525]Con la campaña "En rebajas, tus derechos no se rebajan, exígelos", de la Oficina Municipal de Atención al Consumidor (OMIC), desde la delegación de Atención al Consumidor se quiere alertar e informar a los consumidores de los derechos que les asisten en este periodo de compras. 

 

La OMIC ha elaborado, como siempre, una serie de recomendaciones que consumidores y usuarios de Rota deben tener en cuenta a la hora de realizar sus compras dura esta época.

 

Aunque la ley permite que los comercios establezcan sus propios periodos de rebajas cuando así lo consideren oportuno, en la práctica los establecimientos suelen mantener las campañas de verano y de invierno. Las rebajas en periodo de invierno dieron comienzo el pasado 7 de enero y se prolongarán hasta el 7 de marzo y las del verano comenzarán el día 1 de julio hasta el 31 de agosto. Durante estas fechas, la Oficina de Información al Consumidor intensifica su labor de informar y asesorar a los consumidores y usuarios de laclocalidad, para que puedan ejercer plenamente sus derechos, con la puesta en marcha de una campaña que les recuerda lo más importante.

 

Por ejemplo, cuando las personas consumidoras acudimos a cualquier establecimiento que está ofreciendo productos rebajados, hay que tener en cuenta una serie de aspectos inherentes a este tipo de venta promocional.

 

El delegado de Consumo, Manuel Bravo Acuña, ha puesto de manifiesto que  hablar de ventas en rebajas, es cuando los comercios ofrecen a las personas consumidoras una reducción de los precios o unas condiciones especiales que suponen su abaratamiento en relación con los precios practicados habitualmente y que de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad y que la duración de cada periodo de rebajas, será decidida libremente por cada comerciante.

 

En este mismo sentido Manuel Bravo, ha señalado que antes de realizar las compras y en respuesta a las campañas de publicidad que se llevan a cabo por algunas empresas con grandes carteles para anunciar sus rebajas, es necesario que previamente las personas consumidoras tengan en cuenta una serie de consideraciones que les permitirá ejercer adecuadamente sus derechos:

 

- Cuando un establecimiento ofrece productos en rebaja, no podrá afectar a productos deteriorados, artículos adquiridos con esta finalidad, ni artículos que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta a la persona consumidora final con 1 mes de antelación a la fecha de inicio de la venta en rebaja.

 

- Cuando una comerciante anuncie la venta de un producto a precio rebajado, este deberá disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas. Las existencias estarán en relación a la duración de la oferta y a la importancia de la publicidad.

 

- Para informar sobre el ahorro que se obtiene, el establecimiento tiene obligación de anunciar en cada producto rebajado, junto al precio habitual, y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento. Cuando se trate de una reducción en porcentaje de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo ofertado.

 

- Un establecimiento no podrá anunciar la venta en rebajas cuando esta afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo (con independencia de que pueda anunciarse la de cada producto o artículo en concreto). Si la venta en rebajas no afecta a la totalidad de los productos que un establecimiento comercializa, los que si están rebajados deberán estar debidamente identificados y diferenciados del resto que no lo estén. Si un establecimiento realiza al mismo tiempo y en el mismo local ventas en rebajas y de saldos o en liquidación, deberán aparecer debidamente separadas con diferenciación de los espacios dedicados a cada tipo de venta.

 

- Los comercios están obligados a aceptar los mismos medios de pago que admitan habitualmente, así como a otorgar las mismas prestaciones que normalmente otorgan, por lo que, si se admiten en ellos habitualmente tarjetas bancarias, las deben seguir aceptando. Debe permitirse el cambio del producto o devolución del importe si antes así se admitían, siempre que no se informe a la persona consumidora de lo contrario. Asimismo, la garantía debe ser la misma, cuando sea obligatoria para el producto o servicio, que en periodo fuera de rebajas. Recuerde que, como persona consumidora, cuenta con los mismos derechos que si se estuviera fuera del periodo de rebajas. Recuerde que la devolución procederá en todo caso si el producto fuera defectuoso.

 

Igualmente, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, se han elaborado una serie de Consejos que se deben tener en cuenta: entre ellos, no hay que dejarse llevar por las prisas y hay que planificar bien las compras para adquirir lo que realmente se necesite; compare precios y calidades de un mismo producto en distintos establecimientos; asegúrese de que los productos rebajados no esconden ningún tipo de deterioro; infórmese de si el establecimiento permite la devolución del artículo (el establecimiento sólo está obligado a cambiarlo si el producto presenta algún tipo de defecto o si ha anunciado que admite la devolución); sea precavido con los productos excesivamente rebajados ya que es posible que puedan ocultar algún defecto; guarde siempre la factura o el justificante de compra o transacción efectuada ya que es imprescindible para posibles reclamaciones o devoluciones; es preferible comprar en un establecimiento adherido al Sistema Arbitral de Consumo para poder llegar a un acuerdo extrajudicial en caso necesario.


En caso de disconformidad, solicite y presente en el establecimiento una hoja de quejas y reclamaciones oficial de la Junta de Andalucía. Dicha hoja de quejas y reclamaciones tendrá que ser contestada en un plazo de 10 días hábiles. Si no recibiera respuesta en ese plazo, o la misma no fuera de su agrado, podrá remitir la hoja de quejas y reclamaciones al Servicio de Consumo Provincial de la Junta de Andalucía, Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su localidad, o bien a la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, para proceder, si es posible, a la mediación o arbitraje. También puede acudir a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias para informarse, asesorarse y para que tramiten su reclamación.

 

Siempre recuerde que los precios más bajos típicos de las rebajas no implican, en ningún caso, pérdida de derechos.  Si necesita información o asesoramiento en materia de consumo no dude en contactar con la Oficina Municipal de Información al Consumidor.

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