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Martes, 31 de Octubre de 2017

LBAS anuncia que "extingue definitivamente" la relación laboral con cuatro de los doce trabajadores despedidos en enero

[Img #81830]Louis Berger Aircraft Services, Inc (LBAS), concesionaria del servicio de aeropuerto en la Base Naval de Rota, ha anunciado que "extingue definitivamente" la relación laboral con cuatro de los doce trabajadores afectados por los despidos que se produjeron el pasado 31 de enero de 2017. Despidos que se hicieron efectivos como consecuencia de la reducción de plantilla que, según han apuntado en múltiples ocasiones, responde a la necesidad de ajustarse al nuevo contrato firmado por la US Navy en agosto de 2016, que reducía de cuatro a tres los aviones requeridos para dar servicio en tierra simultáneamente.

 

Una vez conocida la pasada semana las sentencias dictadas tras los juicios relacionados con las denuncias que cuatro de los 12 trabajadores despedidos interpusieron en el Juzgado de lo Social nº 2 de Jerez de la Frontera, LBAS destaca que el juzgado confirma que la empresa "ha respetado los derechos fundamentales de los trabajadores y no ha ordenado ninguna de las cuatro readmisiones" como venían solicitando desde el comité de empresa y centrales sindicales". Como consecuencia, explican, Louis Berger dar por terminada de forma permanente la relación laboral con los cuatro trabajadores afectados. 

 

Dado que la sentencia no obliga a la readmisión (aunque sí indica que podrían ser despidos improcedentes, según el comunicado del comité de empresa), LBAS muestra su satisfacción por la decisión del juzgado asegurando que esta "refuerza los puntos claves de LBAS "que contradicen las afirmaciones inexactas de los representantes del comité". En este sentido, según el comunicado que hace la concesionaria del servicio de aeropuerto de la Base Naval de Rota, la empresa "ha respetado los derechos fundamentales de los trabajadores" indicando que la sentencia del juzgado declara que "en el presente caso, a juicio de esta juzgadora, no se ve nexo de conexión entre la causa del despido y la actividad sindical, ni directa, ni indirecta". De igual forma, LBAS resalta que "las terminaciones fueron respetuosas con los derechos constitucionales invocados por los demandantes, por lo que el juzgado ha ofrecido a LBAS la opción de terminar la relación laboral con el pago de indemnizaciones por despido". Opción esta que es la que ha elegido la concesionaria para terminar su relación definitiva con los afectados a los que recuerda que el juzgado indica que "no existen motivos para anular los despidos".

 

Según la sentencia, LBAS podrá extinguir definitivamente la relación con los trabajadores pagando a estos una indemnización adicional a la que ya recibieron cuando fueron despedidos. El juzgado indica que para extinguir los contratos hay que añadir a los 20 días por año trabajado que ya percibieron, 19  días más de promedio. Una decisión que Louis Berger ha decidido apelar en cuanto a los pagos adicionales frente al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, "que podría incluso reducir las indemnizaciones". Lo que la empresa quiere dejar claro es que  oficialmente y  permanentemente "ha terminado la relación laboral con los cuatro trabajadores afectados".

 

Como en ocasiones anteriores, la concesionaria ha recordado que desde que se rompieran las negociaciones del convenio colectivo el 6 de octubre de 2016 y se pusieran sobre la mesa los despidos,  el comité de empresa "nunca ofreció una solución alternativa a la propuesta ofrecida por LBAS", por ello, insisten, los representantes de los trabajadores "han fallado" a la plantilla al considerar que no han negociado para que el número de despidos fuera menor y no el de 45 que sigue sobre la mesa, basándose en el estudio de eficiencia realizado por Deloitte.

 

Así las cosas, la empresa manifiesta su compromiso de "entregar la misma calidad y un servicio seguro que siempre ha sido en apoyo de la misión de la US Navy en Rota".

 

 

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  • Realidad

    Realidad | Miércoles, 01 de Noviembre de 2017 a las 17:49:06 horas

    La realidad es q tanto un bando como otro defienden sus victorias del punto de vista q más conviene, pero la triste realidad es q estas personas difícilmente volveran a este trabajo, dificilmente les van a dar el nulo pq alli todos son familia y procomite y no se podria despedir a nadie, asi q esos argumentos no les va a dar la nulidad y sus abogados lo saben, el dinero se acaba y mucho más rápido de lo q se creen y aunque les cueste creerlos estos despidos se amortizan muy rápido. Por otro lado los abogados de la empresa hacen y deshacen como quieren sin ver la realidad laboral y la realidad es q el servicio es pésimo, y al cliente no se le esta dando lo q contrata, ¿que hace una empresa internacional de este calado publicando este tipo de artículos que denotan cierta antipatía a sus trabajadores y regodeos innecesarios?¿Es asi como tratan a sus empleados? No muestran una actitud conciliadora y eso es evidente.

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  • Lastplayer

    Lastplayer | Martes, 31 de Octubre de 2017 a las 20:11:13 horas

    “UNA PEQUEÑA REFLEXION ENTRE TODOS”
    Y dice el FALLO estimada la demanda por xxxxx contra LBAS, debo declarar y declaro la IMPROCEDENCIA del despido acordado por LBAS, de fecha 31.01.2017 CONDENANDO a la demandada LOUIS BERGER AIRCRAFT SERVICES, etc. según publico VIVROTA.
    QUE DICE LA LEY:
    Improcedente: dándole la razón al trabajador, la improcedencia vendrá motivada principalmente porque no existen causas justificadas para la medida.
    Por lo tanto las causas objetivas, en concreto, por causas organizativas y de producción han sido desestimadas por el o la llma. Magistrada/do Juez que la dicto.
    Y manifiestan los de SOLUCIONES PARA UN MUNDO MEJOR =LBAS muestra su satisfacción por la decisión del juzgado asegurando que esta "refuerza los puntos claves de LBAS "
    Lo que la empresa quiere dejar claro es que oficialmente y permanentemente "ha terminado la relación laboral con los cuatro trabajadores afectados"
    Olvidan sin embargo añadir, SALVO QUE CONTRA LA SENTENCIA SE PRESENTE RECURSO DE SUPLICACION por parte de los trabajadores afectados, ¿o no?
    Muy mal le tienen que ir las cosas a los de SOLUCIONES PARA UN MUNDO MEJOR para afirmar que la justicia les da la razón.
    Un cordial saludo

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  • AL PAN PAN Y AL VINO VINO.......

    AL PAN PAN Y AL VINO VINO....... | Martes, 31 de Octubre de 2017 a las 16:33:30 horas

    QUE POCA VERGÜENZA HAY QUE TENER PARA DECIR VERDADES A MEDIA.
    SI LBS HA DECIDIDO LA NO RE ADMISIÓN DE LOS CUATRO TRABAJADORES AL DICTAR EL JUEZ DESPIDO IMPROCEDENTE, REPITO IMPROCEDENTE, TENDRÁ QUE ABONAR LA DIFERENCIA QUE LE CORRESPONDE.
    AL SER IMPROCEDENTE ES LÍCITO QUE LBS PUEDA O READMITIR O INDEMNIZAR, PERO LO QUE NO PUEDE ES NO READMITIR Y LUEGO APELAR LA INDEMNIZACIÓN QUE LE CORRESPONDE POR LEY.
    COMO YA UN TERTULIANO EN PUBLICACIONES ANTERIORES INFORMÓ, ESTOS TRABAJADORES FUERON DESPEDIDOS POR OBJETIVO, LO CUAL SON 20 DÍAS MÁXIMO 12 MENSUALIDADES. EL IMPROCEDENTE SON 45 DÍAS HASTA EL 2013 Y 33 HASTA LA FECHA DEL DESPIDO CON UN MÁXIMO DE 48 MENSUALIDADES. SI LBS HUBIERA GANADO LA JUEZ O JUEZ HUBIERA DECRETADO DESPIDO PROCEDENTE POR OBJETIVO, POR LO QUE AL PAN PAN Y AL VINO VINO......LUIS DE BERGERAC.

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