Ana María Expósito (Asesoría Laboral)
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¡ME RECLAMA UNA INDEMNIZACIÓN!
Uno de sus empleados sufrió un accidente de trabajo en sus instalaciones y ahora le reclama una indemnización por daños y perjuicios. ¿Puede hacerlo? ¿Qué importe tienen este tipo de indemnizaciones?
Accidente. Usted sabe que si no cumple con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos y debido a ello un empleado se accidenta, este le podrá reclamar un recargo de prestaciones. ¡Atención! Ahora bien, ¿sabe que en ocasiones el afectado también tiene derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios?
Daños y perjuicios
Compatibles. El recargo de prestaciones es compatible con la indemnización de daños y perjuicios, ya que ambos tienen finalidades distintas. En este sentido, el recargo sirve para complementar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional que vaya a cobrar su empleado (y puede ser de entre el 30% y el 50% de la prestación). ¡Atención! Por otro lado, la indemnización tiene la finalidad de reparar por completo el daño sufrido por el trabajador.
Requisitos. Ahora bien, para que su empleado pueda reclamarle dicha indemnización se deben dar los siguientes requisitos:
Su empresa debe haber incumplido sus obligaciones en materia preventiva. ¡Atención! Dicho incumplimiento debe ser más grave que el que daría lugar al recargo de prestaciones (en caso contrario, en todo accidente ligado a un recargo de prestaciones siempre procedería el abono de la indemnización). Y el trabajador debe haber sufrido un daño como consecuencia de dicho incumplimiento. Apunte. De esta manera, usted no responderá si el daño se produce por fuerza mayor o por una negligencia del trabajador o de terceros no previsible y que por tanto no pudiera ser evitable por su empresa.
Cálculo de cuantía
Importe. La normativa no fija el importe de esta indemnización. Por tanto, si un empleado se la reclama, este deberá identificar en la demanda qué daños ha sufrido. ¡Atención! En este sentido, podrá reclamarle una cuantía diferente para compensar cada uno de los siguientes daños:
- Daño corporal . El daño corporal equivale a las lesiones físicas que haya tenido.
- Daño moral . El daño moral es el sufrimiento psíquico que le ha hecho pasar el accidente. Apunte. Para calcular el daño corporal y el moral se suele utilizar el baremo establecido para los accidentes de tráfico.
- Daño emergente . El daño emergente es la posible pérdida patrimonial que haya sufrido como consecuencia del accidente (como, por ejemplo, el coste de su teléfono móvil si éste se le ha roto debido a una caída).
- Lucro cesante . El lucro cesante es la pérdida de ingresos que ha sufrido por no haber podido trabajar (como, por ejemplo, las diferencias entre el salario que venía cobrando y la cuantía de la prestación por accidente de trabajo).
Anticípese
Seguro. Una vez su empleado le reclame la indemnización por daños y perjuicios, acabará siendo el juez quien valore la cuantía exacta a abonar. ¡Atención! Dicha cuantía puede ser muy elevada. Por tanto, es recomendable que su empresa suscriba una póliza de responsabilidad civil con una entidad aseguradora para evitar el pago dedicha indemnización. Asimismo, revise periódicamente que cumple a rajatabla con la normativa de prevención de riesgos laborales.
Si un trabajador sufre un accidente de trabajo debido a un incumplimiento de su empresa en materia preventiva, podrá reclamarle una indemnización por daños y perjuicios. Dicha indemnización es compatible con el recargo de prestaciones.












Alphonse Capone | Lunes, 21 de Marzo de 2016 a las 16:30:56 horas
Sra. Ana M. Expòsito: partamos de la suposiciòn de que el patrono es el ayuntamiento de un pueblo, y de que este no cumple con las normas de prevenciòn laboral, por ejemplo no dotar a los empelados de material de riesgos laborales. Si el empleado sufre un accidente y denunciase al ayuntamiento que lo ha contratado, ¿Quien deberìa pagar dicha multa el ayuntamiento, y por tanto el pueblo, ò la persona responsable laboral del tema? Porque si el pueblo se viese obligado a pagar por un error o dejaciòn de un responsable politico o tecnico, ¿no cree que serìa injusto? Gracias por su atenciòn.
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