El lunes se abre el plazo para presentar solicitudes a la bolsa de trabajo de emergencia social
Desde el próximo lunes 28 de diciembre al 20 de enero, los interesados en formar parte de las bolsas de trabajo de emergencia social, que el Ayuntamiento de Rota ha puesto en marcha para ayudar de forma temporal, a los parados que se encuentran en una situación económica complicada, podrán presentar sus solicitudes. El horario será de lunes a viernes, a excepción de los días 31 de diciembre, y 1 y 6 de enero, en horario de 8.30 a 13.30 horas, no obstante, a partir de las 8.30 horas se expedirán números limitados de atención a los ciudadanos para evitar colas o esperas innecesarias.
Será en la jefatura de la Policía Local donde se podrá dejar toda la documentación que se requiere para posteriormente, ser baremados y con esa puntuación, pasar a la lista de la bolsa de empleo desde la que se irá llamando a los integrantes para trabajar por periodo máximo de seis meses, en función de las necesidades que vaya teniendo el Ayuntamiento en diferentes áreas o las empresas municipales en lo que se refiere a limpieza de edificios municipales, servicio de limpieza viaria y en servicio no cualificados en playas.
Hay que recordar que esta bolsa de trabajo está especialmente diseñada para aquellas personas sin cualificación que pasan por apuros económicos con lo que la situación de sus ingresos marca bastante a la hora de ser seleccionados.
Las bases de la convocatoria están publicadas desde ayer miércoles en la web municipal http://www.aytorota.es/empleo-publico/2302-bolsa-de-trabajo-de-emergencia-social.html.
Con las bolsas de trabajo, tal y como apuntó en su día el delegado de Personal, Daniel Manrique de Lara, y el propio alcalde, Javier Ruiz Arana, se persigue la igualdad de oportunidades para todas las personas que buscan un empleo en la administración pública local.
Los aspirantes deberán cumplir requisitios como ser español, ciudadano de la Unión Europea o, en su caso, cumplir los requisitos que establece la legislación de extranjería; estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la oficina del Servicio Andaluz de Empleo; tener cumplidos los 16 años y no haber excedido, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa; no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo de cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso a la función pública.
Por otro lado, no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas; no haber sido objeto de despido disciplinario, que haya sido procedente; no percibir una renta bruta familiar superior al indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), en caso de unidad familiar de un solo miembro. Si la unidad familiar se compone de más de un miembro este límite se calculará incrementando el IPREM en un 25% por cada uno de los integrantes adicionales de la misma. La situación económica a tener en cuenta es la referida al mes de noviembre de 2015.
Se considerará renta bruta de la unidad familiar todos los ingresos económicos procedentes de: rendimientos derivados de actividades empresariales o profesionales y percepciones salariales por cuenta ajena; pensiones, prestaciones económicas o análogos, capital mobiliario, rendimientos procedentes de capital inmobiliario, donaciones y herencias. Asimismo, se entiende por unidad familiar el conjunto de miembros que convivan con el solicitante en el domicilio familiar, exista o no relación de parentesco entre ellos.
Los interesados que formen parte del proceso selectivo deberán reunir los requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias. Una vez comprobada la documentación presentada en la fase de acreditación de la misma, si se verifica que no se reúnen dichos requisitos, el candidato quedará automáticamente eliminado, salvo que el defecto u error sea subsanable.
No se podrá contratar simultáneamente a una persona en virtud de esta bolsa, si el Ayuntamiento o sus empresas públicas tiene contratado a un integrante de la unidad familiar en cualquiera de sus modalidades contractuales, ni tampoco si algunos de dichos miembros han estado trabajando para el Ayuntamiento o sus empresas públicas durante un plazo al menos de seis meses dentro de los doce meses últimos. No obstante, las personas integrantes de estas bolsas o las unidades familiares, podrán compatibilizar su inclusión en la misma, y al mismo tiempo su inclusión en las bolsas generales.
su cargo. Sumará 1 puntos.
Las situaciones familiares son incompatibles entre sí, por lo que en el caso de que una persona estuviera en más de un supuesto, sólo le sería aplicable la más beneficiosa.
Una vez establecido el orden de los integrantes de la bolsa de trabajo, los llamamientos se realizarán siempre por el orden de prelación de la bolsa en atención al número asignado a cada uno de ellos. Dichos llamamientos se realizarán por vía telefónica, por correo electrónico o por cualquier medio que permita una comunicación inmediata y ágil con la persona interesada. En caso de no poder contactar con la persona que le corresponda la oferta por las vías mencionada anteriormente, se le notificará a través de un medio oficial, dándole un plazo de 24 horas para contestar. Al objeto de su justificación y para su consulta, si procede, se llevará un exhaustivo registro de las bolsas de trabajo vigentes, así como de los intentos y/o trámites de contacto llevados a cabo para la localización de los integrantes, así como, en su caso, de las respuestas recibidas por parte de éstos.
El integrante de la bolsa que haya sido contratado o nombrado no podrá ser llamado de nuevo hasta que no hayan sido llamados todos los demás integrantes, salvo que el contrato que se le haya ofrecido sea inferior a seis meses en cuyo caso será llamado de nuevo en los sucesivos que salgan hasta cumplir los seis meses, que será la duración máxima del contrato.
La bolsa e trabajo de emergencia social finalizará a los seis meses de la publicación de la lista definitiva. No obstante, si a la fecha de vencimiento no estuviera finalizado el proceso de selección de los integrantes de la nueva bolsa que la sustituya, la presente quedará prorrogada hasta ese momento.


































Mientras Duermes | Lunes, 28 de Diciembre de 2015 a las 21:35:34 horas
Mientras duermes pensando en la ilusión de un contrato por la bolsa, las puertas giratorias de Aremsa y demas empresas municipales seguirán funcionando
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