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Miércoles, 05 de Agosto de 2015

La OMIC informa de algunos consejos para evitar abusos en las revisiones de las instalaciones de gas

[Img #48508]Ante las diversas quejas y consultas ciudadanas que se están recibiendo en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) en torno a las empresas o personas que van visitando domicilios particulares para realizar revisiones de las instalaciones de gas, sin que previamente se les haya avisado, este órgano municipal quiere aclarar a los usuarios sus derechos y obligaciones para evitar que se puedan producir engaños o abusos.

 

Según la OMIC, la normativa vigente establece que los usuarios de gas deben mantener en buen estado su instalación doméstica, teniendo la obligación de solicitar la revisión de esa instalación cada cinco años, en el caso de gas butano y propano, o cada cuatro años si se trata de una instalación de gas natural.

 

Para realizar esta revisión periódica los usuarios pueden elegir libremente la empresa que más les convenga, comparando previamente los servicios que ofrecen y sobre todo los precios que cobran por este tipo de servicios.

 

Los técnicos municipales de consumo recalcan que la primera regla de oro que los consumidores deben tener en cuenta es la de no permitir la entrada a nuestro domicilio de aquellas personas o empresas que pretenden llevar a cabo la revisión de la instalación de gas si previamente no hemos contratado sus servicios. Siendo en todo momento los consumidores los que se ponen en contacto con cualquiera de las empresas legalmente autorizadas para que realicen este tipo de servicio.

 

Así mismo la OMIC quiere dejar bien claro que estas empresas prestan libremente sus servicios y que no representan ni son enviadas por ningún organismo oficial, ni tampoco sus trabajadores tienen relación profesional alguna como inspectores de la Junta de Andalucía, ni tampoco son enviados por la propia OMIC.

 

Igualmente, todas las empresas instaladoras que prestan este tipo de servicios, deben estar autorizadas por el organismo territorial competente, debiendo estar sus trabajadores debidamente acreditados.

 

La oficina de consumo recomienda a los usuarios tomar una serie de precauciones como la de, antes de dejar entrar en el domicilio particular a ninguna persona que ofrezca la revisión de la instalación de gas si no la hemos solicitado, pedir siempre la acreditación de instalador y de empresa autorizada por la comunidad autónoma.

 

Igualmente, antes de realizar el trabajo debe solicitarse un presupuesto escrito y detallado de materiales y mano de obra, así como de los desplazamientos si los hubiera, para aceptar o rechazar el servicio sin ninguna objeción, tomando el tiempo necesario para leer incluso la letra pequeña. El usuario tiene derecho y es conveniente que compare las tarifas de distintas empresas instaladoras puesto que son precios libres y pueden variar considerablemente de unas a otras. Por ello no se debe firmar ningún documento ni factura si no se ha recibido y aceptado antes el presupuesto escrito.

 

También las empresas multinacionales más conocidas envían cartas o envían a su personal a los domicilios de sus clientes para ofrecerles la revisión de las instalaciones de gas. Los clientes tampoco están obligados a aceptar este servicio ni a dejar pasar a dicho personal al domicilio. Si se aceptara la revisión que ofrecen, también es obligatorio acreditar su autorización, recibir presupuesto escrito y aceptarlo antes de realizar la revisión.

 

Finalmente, la OMIC recuerda que las gomas del butano no hay que cambiarlas si no están defectuosas o caducadas. La fecha de caducidad viene indicada en las mismas gomas. Si hay que sustituirlas, puede hacerlo uno mismo, si tiene la destreza necesaria. Las gomas nuevas y homologadas se pueden comprar en cualquier establecimiento o empresa distribuidora y también varían los precios de unas a otras. El regulador y las abrazaderas de las bombonas de gas butano no tienen caducidad determinada. Si fuera necesario el cambio por avería o deterioro, el instalador autorizado será el que lo indique, para que el dueño de la instalación acepte o no la sustitución.

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