La defensa de Lorenzo Sánchez en el "caso uniformes" recurre a la Audiencia Provincial la denegación de una prueba documental
El partido Roteños Unidos ha hecho llegar en el día de hoy un comunicado a los medios de comunicación en el que informa que la defensa de Lorenzo Sánchez Alonso, principal imputado en el conocido como "caso de los uniformes", ha recurrido a la Audiencia Provincial de Cádiz la denegación de una prueba documental presentada para demostrar que uno de los testigos llamado a declarar a lo largo de la investigación de este caso, mantiene una relación de amistad con el abogado del PSOE, presentado como acusación. Algo que para la defensa podría quitar credibilidad al testimonio del citado testigo.
Según esta comunicación, con fecha 12 de noviembre, la jueza de primera instancia e instrucción del Juzgado número 2 de Rota, ha dictado providencia en la que eleva a la Audiencia Provincial de Cádiz, para su resolución, el recurso de apelación presentado por el abogado que defiende al ex alcalde Lorenzo Sánchez en las diligencias previas 260/2012. Un caso que comenzó a investigarse a raíz de una querella interpuesta por el PSOE en 2012, y que intenta aclarar si el entonces alcalde cometió delito al comprar desde el Ayuntamiento de Rota ropas de trabajo a empresas que estaban vinculadas con su persona incurriendo en presunta prevaricación y gestión interesada.
La prueba documental a la que se refiere el letrado de la defensa de Lorenzo Sánchez Alonso es un spot publicitario que una empresa de la localidad grabó para dos de las empresas vinculadas al ex alcalde (Coanda y Epis Rotasur) . Fue el pasado 21 de marzo cuando el letrado del PSOE, -que desde Roteños Unidos se destaca además que es secretario local de Política Municipal de este partido en Rota-, interesó al Juzgado la práctica de unas diligencias de prueba, entre ellas el citado spot publicitario. Tras esta petición, el Ministerio Fiscal llamó en calidad de testigo al propietario de la empresa que se encargó de la grabación del vídeo para tomarle declaración.
Según apunta el comunicado enviado por Roteños Unidos, durante su declaración, el empresario llamado a testificar "omitió informar y poner en conocimiento del Órgano Judicial y de las partes intervinientes" la relación de amistad que mantiene con el letrado del PSOE así como la relación empresarial con este partido político, ya que de hecho, fue esta empresa la que se encargó de confeccionar los vídeos promocionales del PSOE en la campaña de las elecciones municipales de 2011. Hay que recordar que es la portavoz socialista, Encarnación Niño Rico la que se presenta como querellante en este caso por el que están imputados tras más de dos años y medio de diligencias previas tanto el que fuera alcalde de Rota entre 2003 y 2007, como 16 personas más, entre ellas, miembros del gobierno actual, concejales de anteriores legislaturas y trabajadores y técnicos municipales.
Según la defensa de Lorenzo Sánchez, esta relación de amistad entre el empresario encargado de hacer el spot publicitario y el letrado del PSOE "fue reconocida como cierta posteriormente, ante la evidencia que mostraban las fotos presentadas por el letrado del PSOE en su escrito de adhesión parcial al recurso de reforma presentado por la defensa de Lorenzo Sánchez".
Para la defensa del ex alcalde era importante poner en conocimiento del Órgano Judicial la relación de amistad "hasta entonces no reconocida" entre el empresario y el abogado de la parte querellante, pero les sorprende la decisión judicial de "no admitir su unión a los autos".
En el recurso de apelación que la defensa de Lorenzo Sánchez interpone para que se tenga en cuenta este vínculo, se aportan diferentes fotos en las que se muestra la buena amistad que mantienen el abogado del PSOE y el empresario, fotos que no han sido admitidas como prueba por la jueza de primera instancia e instrucción del Juzgado número 2 de Rota, y motivo por el que la defensa la ha elevado a la Audiencia Provincial.
La defensa, en su escrito de alegaciones, señala que, de acuerdo con el Art.436 de la LECr., "el testigo manifestará primeramente su nombre, apellidos paternos y maternos, estado y profesión si conoce o no al procesado y a las demás partes, y si tiene con ellas parentesco amistad o relaciones de cualquier otra clase". El mismo documento recoge que, por tanto, no se trata sólo de si el testigo conoce al procesado y a las demás partes, sino también de las relaciones de “cualquier clase” que pueda tener con el procesado o con las demás partes. En este caso, lo que defiende el abogado de Lorenzo Sánchez Alonso con las fotografías aportadas, es que existe "relación de buena amistad" entre el testigo y el abogado del PSOE, que este no puso en conocimiento el día de su declaración, por lo que "se considera que puede incidir en la falta de credibilidad de este".
El abogado de Lorenzo Sánchez señala en el comunicado enviado que, "si se comparan las pruebas aportadas por la defensa del ex alcalde y el testimonio del empresario, ya se advierte una clara discrepancia que muestra una escasa credibilidad del empresario, y si esto se relaciona con la amistad de este con el letrado del PSOE, cargo político en este mismo partido como secretario local de Política Municipal y su relación empresarial con PSOE, se pone de manifiesto aún más que la credibilidad del testigo está seriamente afectada y ello incide en la verosimilitud del resto de su testimonio".
La chochona | Domingo, 23 de Noviembre de 2014 a las 20:10:31 horas
Si el Psoe ha utilizado los medios judiciales para acusar a Lorenzo de cometer un delito. Esta frase no tiene mucho sentido, porque lo que ha utilizado dicho partido para acusarlo de delinquir, habrán sido las pruebas de que se ha saltado la ley. Porque ninguna imputacion sale adelante sino existen evidencias que fomenten la sospecha de infracción.
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