Sobreseída una querella contra la alcaldesa y el ex alcalde por la enajenación de una parcela
El auto judicial exculpa a Eva Corrales y a Lorenzo Sánchez del delito de prevaricación
Esta mañana, el Ayuntamiento de Rota ha dado a conocer el sobreseimiento de la querella por prevaricación administrativa que la empresa Edesur presentó contra la actual alcaldesa, Eva Corrales, y el ex alcalde, Lorenzo Sánchez Alonso, actual primer teniente de alcalde, por la enajenación de una parcela situada en la avenida de la Libertad. En esta misma querella estaban implicados varios trabajadores municipales así como el representante de la empresa Promociones Castellanos que también han sido exculpados.
Según la nota enviada por el Consistorio roteño, esta querella ahora sobreseída, fue formulada por la sociedad Edesur tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló el estudio de detalle de la parcela UA- 11-A del PGOU de Rota, situada en la avenida de la Libertad. Una manzana de casi 22.000 metros cuadrados que fue objeto, en su día, de un acuerdo de permuta por el que finalmente fue construido el aparcamiento subterráneo de La Merced.
El auto, que tiene fecha de 16 de julio de 2014, y del que ha tenido conocimiento el Ayuntamiento esta semana, es el cuarto que le ha sido desfavorable a la sociedad Edesur en los últimos años. Entre otros, el comunicado alude al sobreseimiento en 2007 de la querella interpuesta por la citada constructora por un presunto delito de prevaricación contra el que fuera teniente de alcalde y delegado de Urbanismo de Rota, Antonio Peña (PP), actual alcalde de Chipiona.
En el auto de la juez se concluye que "no se dan los elementos del tipo para hallarnos ante la figura de la prevaricación administrativa", por lo que exculpa a Eva Corrales y a Lorenzo Sánchez Alonso. Esta decisión judicial ratifica el primero de los razonamientos jurídicos que se han aplicado en este caso, que señala que "la conducta no es constitutiva del ilícito penal previsto en el artículo 404 del Código Penal, ya que los hechos fueron declarados ajustados a derecho por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo". El Ministerio Fiscal comparte este argumento, por lo que en su momento se había adherido ya a la petición de sobreseimiento y archivo de la causa que afectaba a los responsables municipales, así como a varios empleados públicos del Ayuntamiento de Rota.
Este sobreseimiento, firmado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Rota, se hace extensivo igualmente al representante legal de Promociones Castellanos SAU; empresa que, en su momento, fue adjudicataria de una licitación pública que, a la postre, permitió la construcción en ese lugar de una promoción de varios bloques de viviendas. Un proceso de enajenación que ahora ha sido ratificado por la justicia.






























Risitas | Lunes, 08 de Septiembre de 2014 a las 18:22:58 horas
¿Que te recuerda a tiempos pasados? Pues posiblemente, solo que sie stuviesemos en los tiempos pasados estos que defiendes ni hubieran pisado un juzgado porque son de la misma ideologia de los que en ese pasado “rapartia justicia“ de aquella manera. Es lo que tiene creerse con la patenete de corso que tenian muchos en la epoca de la dictadura, sin darse cuenta de que aquello acabó y que en un sistema casi democratico quien la hace muchas veces la paga, aunque no siempre claro, siempre hay quienes se libran, cuñaooo
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