Calle Charco, con Antonio Franco
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DERECHOS, ¿QUÉ DERECHOS?
El gobierno del Partido Popular interpuso un recurso contra la Ley Antidesahucios y en Defensa de la Función Social de la Vivienda que la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía aprobó el pasado año. Al parecer esta ley, promovida por “los rojos”, atenta claramente contra “la línea de flotación” de la “embarcación Capitalismo”.
Y eso que para llevar a cabo la Ley en Defensa de la Vivienda se tomó como referencia la Constitución española. Todo hace indicar que “a los padres de la patria” interesa la salvación de la banca por encima de la salvación de las personas. Lo han llegado a afirmar: primero los bancos, después las personas.
El decreto ley andaluz permitía la expropiación a los bancos, durante un período de tres años, de la vivienda que era objeto de desahucio para ponerla a disposición de la familia desahuciada en régimen de alquiler. Un alquiler social, claro está. No el que el banco dispusiese, sino fruto de la negociación entre familia afectada, la Junta de Andalucía y el propio banco.
A la papelera, por no decir a esa parte del barco donde antaño mandaban como castigo a los marineros, el artículo 47 de la Constitución. No ya sólo la parte que habla del derecho a la vivienda que tenemos todos los españoles, también la parte final del enunciado, aquella que dice que los poderes públicos regulará la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La cuestión es hacia dónde miraban los poderes públicos cuando la burbuja inmobiliaria se iba inflando y no hacía nada (los poderes públicos digo) por evitar la especulación que se producía en media España.
Frente al derecho a la vivienda, el Gobierno que se supone que debe ser el primer cumplidor del articulado de la Constitución, antepone el derecho a la propiedad, artículo 33, frente al derecho a la vivienda, artículo 47. Pero obvia que la propiedad privada está sujeta al interés general, de tal modo que “nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”. ¿Y que más interés social que una vivienda, que una familia no quede en la calle?.
Como el sistema se mueve a base de balances, cuentas de resultados, pasivos, activos y demás términos contables, resulta que las expropiaciones suponen una “mancha” en las cuentas generales de las entidades bancarias. Hay que discrepar también de esta observación. En primer lugar, porque las expropiaciones son temporales. No supone, por tanto, “una baja” de patrimonio. El banco sigue conservando su patrimonio, pero no puede hacer con éste lo que quiera (subastar la vivienda,por ejemplo) durante un período de tres años.
Todas estas artimañas legalistas con las que la derecha quiere hacer parar las medidas de izquierdas que hacen diferente a las tomadas allá donde gobiernan no son más que producto del miedo a “y después qué”.
Al parecer no basta con hacer Política dentro del sistema para cambiarlo. Sobre todo porque lo impiden poniendo todo tipo de trabas. Al parecer hay que pelear en la calle, manifestándonos, apelando al espíritu de Gamonal.
Salud.












A Esteban Quero | Jueves, 13 de Febrero de 2014 a las 22:43:32 horas
Las ayudas no han sido a los bancos sino a las Cajas de todo el país, las cuales han sido gobernadas por partidos políticos, sindicatos y la misma Iglesia Católica y son estos los únicos culpables del desastre financiero del país.
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