Bares y restaurantes pueden repartir comida a domicilio en Rota más allá de las 18.00 horas
** Actualización: La Junta de Andalucía rectifica y especifica en el BOJA de este viernes 13 de noviembre, que los establecimientos de hostelería podrán realizar repartos de comida a domicilio hasta las 23.30 horas, siendo la hora límite para realizar pedidos las 22.30 horas. El cierre de los bares y restaurantes al público se mantiene a las 18.00 horas.
Desde que se publicaran las nuevas medidas restrictivas del 8 de noviembre para frenar los contagios por coronavirus, que incluían el toque de queda a las 22.00 horas y el cierre de las actividades no esenciales a las 18.00 horas, muchas han sido las dudas surgidas entre los comerciantes sobre cómo se veían afectados.
Una de las más recurridas ha sido el apartado del servicio de reparto a domicilio que en el BOJA del 8 de noviembre se recoge como actividad esencial y permitida más allá de las 18.00 horas. Es por ello que el Ayuntamiento de Rota interpreta en esta norma que, los negocios de hostelería podrán repartir comida a domicilio más allá de esta hora ya que no se indica de forma expresa que en ese servicio de repartos no estén incluidos bares o restaurantes.
En cuanto al toque de queda a las 22.00 horas para toda la población, dado que existe como excepción permitir la movilidad a aquellas personas que estén cumpliendo obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, se llega a la conclusión de que los repartidores de comida pueden desarrollar este trabajo dado que no existe ningún apartado de la normativa que indique que el servicio de entrega a domicilio debe cesar a las 22.00 horas. Es más, en la interpretación que hace el Ayuntamiento, este servicio se podría prolongar más allá de ese límite dado que la entrega de comida se haría por personas trabajadoras a las que, por tanto, se les aplica la exención de no tener que estar en casa a las diez de la noche.
Desde el Ayuntamiento de Rota se interpreta con la norma en la mano, es decir, con el decreto 9/2020 de 8 de noviembre de 2020, que ha sido voluntad del legislador dejar ese margen ya que de otro modo, se hubiera indicado claramente la prohibición como se ha hecho en otros casos. Acogiéndose al decreto, se dice explícitamente que se puede llevar a cabo el servicio de reparto a domicilio y que a partir de las 22.00 horas se permite el tránsito de personas que estén cumpliendo su obligación laboral.
En el argumento del Consistorio roteño para permitir el reparto de comida a domicilio y dar así algo de oxígeno a muchos bares de la localidad, se indica que no se puede decir que este servicio desvirtúe el sentido de la restricción de movilidad de la ciudadanía ya que en todo momento este se lleva a cabo por parte de personas que están cumpliendo con su trabajo, y precisamente, esa es una de las excepciones a las que el BOJA del 8 de noviembre hace alusión expresa.
Por otro lado, se recuerda que durante el estado de alarma decretado el 14 de marzo, cuando las medidas eran de confinamiento total y mucho más restrictivas, se permitió el reparto de comida a domicilio, por lo que, según el Ayuntamiento de Rota, no tendría sentido que ahora, con medidas mucho más flexibles, no se dejara. De hecho, insisten desde el Consistorio, si así se hubiera querido, se hubiera expresado claramente en el decreto, pero no ha sido así.
Si el espíritu de estas nuevas medidas es que se minimicen los movimientos de los ciudadanos para romper la cadena de contagios, esta finalidad no se ve desvirtuada por los trabajadores de empresas que presten servicio de reparto de comida a domicilio, por lo que en conclusión, en Rota, el Ayuntamiento y la Policía Local, con el conocimiento de Aeciro, entienden que los bares lleven a cabo esta práctica sin limitación de horario (es decir, su horario normal) y así se les permitirá.
El Ayuntamiento de Rota edita una guía con establecimientos de hostelería con reparto a domicilio
Es más, para reforzar esa convicción, en el día de hoy, se ha publicado un listado por parte de las delegaciones de Comercio y de Promoción Turística, con más de 80 negocios que tienen este servicio de manera que los ciudadanos sepan cuáles son los bares y restaurantes que ofrecen esta posibilidad de llevar comida a casa. Entre ellos, hay establecimientos de comida rápida, asadores, bares y restaurantes de comida nacional e internacional, cafeterías y heladerías que en su día ya mostraron interés en estar en esta guía y a la que se pueden apuntar aquellos negocios que no estén pero lo deseen.
En la guía editada por estas delegaciones municipales, se recuerda que los horarios que aparecen podrán estar sujetos a modificaciones en función de la evolución de la pandemia y de las medidas dictadas por las administraciones competentes, señalando que actualmente y en cumplimiento de la normativa vigente, todos los establecimientos de hostelería tienen como hora máxima de cierre al público las 18.00 horas aunque tienen permitido el reparto a domicilio con el límite horario que cada uno marque.
Los interesados en estar en esta guía pueden contactar con la delegación de Comercio, situada en la oficina de Turismo de la Torre de la Merced, a través del teléfono 956 84 63 45 o en el correo [email protected].
Puedes ver la guía aquí: https://www.aytorota.es/images/descubrerota/guia_hosteleria_castellano.pdf?fbclid=IwAR2zRyflTx-k1nQD_TMdqQyrtO3uEs-LIeg6SVAcgw9g_o6OKYNIMbm22u0


































Rubén | Viernes, 13 de Noviembre de 2020 a las 13:24:42 horas
Pues para mi entender y con el ordenamiento jurídico y administrativo por delante, siempre se ha observado que desde la presunción de la posible comisión de delito de prevaricación por parte de los funcionarios públicos de la Policía Municipal de Rota, siempre ha sido para el favorecimiento de grandes hosteleros locales desde la confianza de la presunta ignorancia del resto del pueblo.
Estoy de acuerdo en la politización de los funcionarios policiales municipales, será por aquello del refrán de la mordida de mano.
Lucen de cumplir pero se deslucen en el cumplimiento.
Una pena.
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