La juez imputa a Lorenzo Sánchez y Antonio Peña delitos de prevaricación y malversación por el caso parking "La Merced"
La juez del Juzgado de Instrucción número 1 de Rota ha dictado un auto de seis páginas en el que imputa al ex alcalde de Rota, Lorenzo Sánchez Alonso (Roteños Unidos) y al que fuera delegado de Urbanismo en la misma localidad y posterior alcalde de Chipiona, Antonio Peña (PP), varios delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por el conocido como caso del parking "La Merced". Un caso que se puso en los tribunales en 2014 como pieza separada del caso sobre los convenios urbanísticos del SUNP RI1 que se firmaron entre el Ayuntamiento de Rota y la empresa Promociones Castellano entre 2009 y 2010, aún pendiente de juicio.
En este proceso, además de estos dos representantes políticos, estaba imputada la empresa Castellano, el arquitecto del proyecto y la que fuera alcaldesa de Rota, Eva Corrales (PP). Para esta última, el auto dictado por la jueza pide el sobreseimiento provisional de la causa ya que si bien inicialmente existían indicios racionales de criminalidad contra Eva Corrales por su condición de delegada de Planeamiento, tras la práctica de nuevas diligencias, según la jueza, "ha quedado acreditado que su participación es tangencial" y aunque es cierto que "como concejal de Planeamiento ratificó las actividades ilícitas desplegadas por su antecesor", Antonio Peña, "también lo es que sus decisiones se basaron fundamentalmente en los informes de los técnicos". Motivo por el que Eva Corrales queda fuera del caso provisionalmente.
En cuanto al contenido del auto de este proceso judicial en el que se investiga si hubo irregularidades o no en la construcción del parking "La Merced", la jueza ve indicios de supuestos delitos en la construcción de este equipamiento público. Un aparcamiento subterráneo que, según las investigaciones, Promociones Castellano comienza en el mes de marzo de 2006 con la ejecución de las obras por la vía de hecho sin que exista licencia de obras (se pidió 9 meses después de comenzar la construcción), sin expediente de contratación, sin procedimiento de licitación pública, sin adjudicación oficial de las obras, sin la aprobación del proyecto por la junta local de gobierno, sin la firma de ningún convenio, sin acta de replanteo y sin calificación ambiental. Tampoco hubo consignación presupuestaria para asumir el pago de las mismas, ni contrato de permuta de fincas entre el Ayuntamiento y la empresa constructora, ni la preceptiva autorización de la consejería de Cultura de la Junta de Andalucía al ser obras a desarrollar en el conjunto histórico artístico de la localidad.
El acuerdo único acuerdo firmado en 2006 entre el Ayuntamiento de Rota y la empresa Promociones Castellano fijaba la cesión de 2.053 unidades de aprovechamiento urbanístico a la constructora que a cambio debía demoler una edificación y ejecutar el citado aparcamiento. Pero además, dada la diferencia de valor entre ambas, y el coste de construcción del parking, el Ayuntamiento debía abonar a Promociones Castellano la cantidad de 587.594,74 euros. Según el auto de la jueza, el secretario municipal informó verbalmente a la Junta de Gobierno Local que dicha operación precisaba de la tramitación de un expediente de permuta a través del Negociado de Patrimonio, sin embargo, la Junta de Gobierno Local aprobó por unanimidad el convenio facultando al entonces alcalde, Lorenzo Sánchez, para la realización de las actuaciones necesarias al respecto.
Tras la firma de este convenio, que se saltó todos los procedimientos correspondientes, el Ayuntamiento contrató a un arquitecto y a un aparejador para la dirección técnica de la obra del parking, ambos relacionados con la empresa Castellano. La jueza indica que "dichas contrataciones se realizaron prescindiendo del procedimiento establecido en la legislación de contratación pública" y que el importe de los honorarios que se pagaron ascendieron a 77.494,96 euros, beneficiándose por tanto, ambos de esta irregularidad en su nombramiento.
La jueza indica igualmente que todos los actores eran conocedores de las irregularidades que se estaban cometiendo en la construcción de este parking público y que en este caso, además, Antonio Peña hizo dejación de sus funciones permitiendo como delegado de Urbanismo que la obra comenzara teniendo conocimiento de la inexistencia de expediente de permuta, de que no había licencia, ni acta de replanteo, ni calificación ambiental.
Tras la descripción de los hechos, la jueza del Juzgado de Instrucción número 1 de Rota concluye el auto ordenando la apertura de diligencias previas y que se le dé traslado a la Fiscalía de Cádiz manifestando que "pueden ser constitutivos de varios delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos”. En las conclusiones, mantiene el sobreseimiento provisional de la causa respecto a Eva Corrales.
anton de alaminos | Viernes, 11 de Mayo de 2018 a las 16:37:52 horas
Lorenzo no estaba solo, lorenzo tuvo mucha gente que le ayudo a sus corridas de corrupción mucho funcionario que hizo la vista gorda a sus desmanes que todavía estan en el ayuntamiento que es una gusanera,si lorenzo hablara cerraban el ayuntamiento menos mal que chivato no es, si no mucha gente se echaba a temblar.lo que ha pasado en rota ha sido una vergüenza y todavía lo es, el partido socialista se niega a investigar la deuda o renegociarla solopaga a los bancos alegremente dejando todo por hacer sin dinero para nada ,son los mismos pero con otra careta, tampoco el problema burocrático que tenemos en rota de tanto funcionario que no necesitamos un presupuesto inflado de dos millones de euros mensuales solo en salarios casi el 50 porciento cuando en otros pueblos es del 25 ,al 30 por ciento y tienen cuerpo de bomberos aqui se paga mas por menos, estamos hartos de imputaciones a ver cuando entra alguno en la carcel
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