Ana María Expósito Guillén (Asesoría Laboral)
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¡ESTABAS DE VACACIONES!
Tras volver de sus vacaciones, un trabajador pide disfrutar de un permiso retribuido por la hospitalización de un familiar que se ha producido durante dichas vacaciones. ¿Deberán concedérselo?
Tras el hecho causante
En general. En general, si un trabajador tiene derecho a disfrutar de un permiso retribuido (por ejemplo, debido al fallecimiento o a un accidente grave de un familiar hasta el segundo grado), deberá disfrutarlo cuando se produzca el hecho causante. Es decir:
Si el suceso que motiva el permiso se produce un lunes por la mañana, el empleado deberá disfrutar de los días de licencia (o más días si el convenio amplía la duración) durante el lunes y el martes. ¡Atención! Si el hecho causante tiene lugar por la tarde o por la noche del lunes, de modo que el trabajador ya ha finalizado su jornada laboral, se le debe conceder el permiso durante el martes y el miércoles.
Además, su duración se fijará en días naturales y no hábiles. Apunte. De esta manera, por ejemplo, si un familiar fallece el sábado y el empleado trabaja de lunes a viernes, el permiso se perderá, ya que este se debería gastar durante el sábado y el domingo. Lo mismo ocurrirá si el suceso se produce durante las vacaciones del trabajador o mientras se encuentre en situación de IT.
Lógica. Cada licencia existe para cubrir una finalidad o una necesidad específica. Así, por ejemplo, el día de permiso por traslado del domicilio habitual, se debería disfrutar para realizar gestiones como el papeleo del cambio de domicilio, la mudanza... Apunte. Por tanto, no tendría sentido su disfrute al cabo de unos meses.
En fechas posteriores
Excepciones: No obstante, hay algunas situaciones en las que no debe existir inmediación entre el disfrute del permiso y la fecha de inicio del hecho causante. En concreto:
Si el suceso se prolonga en el tiempo, el empleado podrá disfrutar del permiso retribuido en una fecha posterior a su inicio. ¡Atención! Esto ocurre si se produce la hospitalización o una enfermedad grave de un familiar. En esos casos, la finalidad de la licencia es cuidar al enfermo, y dicha necesidad se prolonga a lo largo de todo el proceso.
En estas situaciones también es válido que el empleado fraccione el disfrute del permiso. Por ejemplo, que se coja un día el lunes y otro día el jueves. Apunte. Si todos los familiares trabajan y se cogen el permiso durante los mismos días, la necesidad del enfermo no quedará cubierta.
Tras las vacaciones. Si un empleado ha estado de baja o de vacaciones y durante ese tiempo un familiar suyo ha sido hospitalizado o ha sufrido una enfermedad grave, tendrá derecho a disfrutar de la licencia cuando se reincorpore a su empresa (tras las vacaciones o la IT) siempre que el hecho causante todavía se mantenga, es decir, siempre que su familiar siga enfermo u hospitalizado. ¡Atención! Si el familiar ya está curado, el empleado no tendrá derecho a la licencia, y en este caso, si se coge el permiso sin consentimiento, la empresa podrá sancionarle.
En general, los permisos retribuidos se deben disfrutar cuando se produzca su hecho causante. Ahora bien, en casos de hospitalización o enfermedad grave de familiares sí que se podrán disfrutar a lo largo de todo el proceso.
En cualquier caso habrá que estar siempre a lo que disponga el convenio colectivo de aplicación a la empresa.
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ANA MARIA EXPÓSITO GUILLÉN
GRADUADA SOCIAL COLEGIADA
www.aegasesoria.es.












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