El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en la sesión extraordinaria celebrada en primera convocatoria el día veintitrés de noviembre del año dos mil diecisiete, al punto 1º, de su Orden del día, acordó aprobar inicialmente la Innovación- Modificación del artículo 104 del Plan General de Ordenación Urbanística de Rota en el ámbito del Suelo No Urbanizable de carácter natural y rural.
De conformidad con los artículos 32.1.2ª y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete el expediente a información pública por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y local y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en la Oficina de Planeamiento, sita en la Plaza de España, número 8, en horario de atención al público de 9,00 h a 13,30 horas, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
El objeto de la modificación es la Modificación que tiene por objeto mejorar la funcionalidad de las edificaciones vinculadas a las explotaciones agropecuarias, aumentando la altura máxima de los almacenes, establos, granjas o criaderos de animales, cuya altura se modifica de 6 a 9 metros, modificando la separación a linderos de los almacenes que pasa a ser de 10 metros, en vez de 15 metros actuales (para establos, granjas y criaderos de animales se mantiene la separación igual, a 15 metros), modificando la separación a otros lugares donde se desarrollen actividades que originen presencia permanencia concentraciones de personas, que en el caso de los almacenes se reduce a 250 metros el límite mínimo (para establos, granjas y criaderos de animales se mantiene en 500 metros el mínimo de separación) e incluyendo unas condiciones estéticas para las edificaciones vinculadas a las explotaciones agropecuarias, con el fin de definir la tipología adecuada para este tipo de construcciones y que se integre en el paisaje de la zona.
El ámbito de aplicación de esta modificación es el Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural.
En Rota, a 1 de diciembre de 2017
El Secretario Accidental,
Miguel Fuentes Rodríguez
El Alcalde,
José Javier Ruiz Arana